PROMULGA PLAN COMUNAL DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO DE ZAPALLAR
Núm. 2.225.- Zapallar, 29 de julio de 2024.
Vistos:
1. Las facultades que me otorgan los Arts. 5, 12 y 63, letra i), de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones;
2. El DFL N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones;
3. El DS N° 47, de 1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;
4. La ley N° 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un Sistema de Aportes al Espacio Público;
5. El DS N° 30, de 2017, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de Proyectos de Crecimiento Urbano;
6. Sentencia de Proclamación Rol N° 299/2021, del Tribunal Electoral Regional Valparaíso de fecha del 25 de junio de 2021, que nombra Alcalde de la Comuna de Zapallar;
7. Decreto alcaldicio N° 1.753/2021 de fecha 19 de agosto de 2021, que aprueba Cuadro de Subrogancia en el Cargo de Alcalde, en caso de su ausencia;
8. Decreto alcaldicio N° 55/2024 de fecha 9 de enero de 2024, que delega la facultad de firmar bajo la fórmula "Por Orden del Alcalde";
9. Decreto alcaldicio N° 2.393/2022 de fecha 23 de septiembre de 2022, que aprueba Cuadro de Subrogancia para los Cargos Directivos, Jefaturas y Encargados de Unidades Municipales y sus modificaciones decreto alcaldicio N° 2/2023, decreto alcaldicio N° 336/2023 y decreto alcaldicio N° 1.825/2023.
Considerando:
I. Que, la ley Nº 20.958 estableció un Sistema de Aportes al Espacio Público, incorporando en el decreto con fuerza de ley Nº 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, un título denominado "De las Mitigaciones y Aportes al Espacio Público", en el que se establecen las obligaciones que nacen a propósito del impacto que genera el desarrollo de proyectos inmobiliarios en la ciudad, contribuyendo a mejorar los espacios públicos de manera universal, proporcional y predecible, a través de dos herramientas, mitigaciones directas y aportes al espacio público; decreto con fuerza de ley Nº 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
II. De acuerdo al artículo Nº 176 de la ley Nº 20.958, se indica que "Cada municipio elaborará un Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), el que deberá considerar una cartera priorizada de proyectos, obras y medidas, así como un plano que grafique con precisión la ubicación, los tramos de los proyectos, obras y medidas que hayan sido incorporados en la cartera; artículo N° 176 ley Nº 20.958.
III. El Acuerdo N° 158/2024 del Honorable Concejo Municipal, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 18, de fecha 27 de junio de 2024, en que se aprueba de manera unánime el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público elaborado y presentado por la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Zapallar.
IV. Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
1°. Promúlguese el Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) de Zapallar, conforme a lo establecido por la ley N° 20.958, que establece un Sistema de Aportes al Espacio Público, el cual está compuesto por un documento con el contenido del plan, sus objetivos, metodología de trabajo, lineamientos estratégicos y la cartera de iniciativas priorizadas.
2°. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República por la Secretaría Comunal de Planificación y remítase copia del mismo, y de todos los documentos que conforman el Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), al Gobierno Regional de Valparaíso.
3°. Adjúntese el texto de este plan al presente decreto.
4°. Publíquese el presente decreto y todos los documentos que conforman el Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), en el sitio web de la Municipalidad de Zapallar.
5°. Archívese el Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) en la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Zapallar.
Anótese, comuníquese y archívese.- Gustavo Alessandri Bascuñán, Alcalde.- G. Antonio Molina Daine, Secretario Municipal.
CERTIFICADO ACUERDO N° 158/2024
SESIÓN ORDINARIA N° 18/2024
CONCEJO MUNICIPAL DE ZAPALLAR
PERIODO 2021-2024
G. Antonio Molina Daine, Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Zapallar, que suscribe, certifica que:
En Sesión Ordinaria N° 18/2024 del Concejo Municipal de Zapallar periodo 2021-2024, realizada con fecha 27 de junio de 2024, bajo Acuerdo N° 158, se aprueba por unanimidad del Concejo Municipal lo siguiente:
. La propuesta Plan de Infraestructura y Espacios Públicos (PIMEP), Comuna de Zapallar, según presentación que se adjunta y forma parte del presente acuerdo.
Votación:
. Concejal Josefina Sutil : Aprueba
. Concejal Carolina Letelier : Aprueba
. Concejal Luis Guajardo : Aprueba
. Concejal Sebastián Chacana : Aprueba
. Concejal Danilo Fernández : Aprueba
. Concejal Reinaldo Fernández : Aprueba
. Alcalde Gustavo Alessandri : Aprueba
En Zapallar, a 27 de junio de 2024.
PROPUESTA PLAN DE INFRAESTRUCTURA Y ESPACIOS PÚBLICOS (PIEP), COMUNA DE ZAPALLAR
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ZAPALLAR
SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN
MAYO 2024
INTRODUCCIÓN:
El 15 de octubre de 2016 se publicó la ley N° 20.958 que modifica, entre otros cuerpos legales, la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), implicando en lo central la creación de un mecanismo para equiparar las obligaciones en materia de cesiones para los proyectos de loteos a todos los proyectos que conllevarán crecimiento urbano por densificación, además de dar sustento legal a un sistema de mitigación por impacto en la movilidad; estableciendo que todos estos proyectos deberán contribuir a mejorar sus espacios públicos de manera universal, proporcional y predecible, para lo cual se emplearán las siguientes dos herramientas:
- Mitigación directa: medidas u obras que deben realizar los proyectos que conlleven crecimiento urbano por extensión o densificación y ocasionen impactos relevantes sobre la movilidad local, conforme sea definido en el respectivo Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV). Sus obras podrán ser: pistas exclusivas para buses, terminales, paraderos, semaforización, señalización, habilitación de ciclovías y mejoramientos o adecuaciones a la vialidad (Art. 170 LGUC).
- Aportes al espacio público: los proyectos inmobiliarios que generen crecimiento urbano por densificación deberán dar cumplimiento a la obligación de cesiones, ya sea directamente mediante superficie de terreno, o a través de un aporte monetario a la municipalidad respectiva, el que solo podrá ser materializado en proyectos, obras y medidas que formen parte de un Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIEP).
El Plan de Infraestructura y Espacios Públicos (PIEP), es un instrumento de planificación de inversiones de mediano plazo, enmarcado en la implementación de la ley N° 20.958, que considera la expresión espacial, en el ámbito comunal, de obras de infraestructura de movilidad y espacio público, requiriendo actualización dentro de un plazo no superior a 10 años y coherencia respecto de la legislación y normativa que rige el espacio público.
Haciéndose cargo del desafío, y de la obligación de cumplir con la ley para poder gestionar los recursos que ingresan al municipio por la aplicación de esta normativa, es que en marzo de 2023 la municipalidad de Zapallar conformó un equipo, integrado por Secpla, DOM, Dimao y Dirección de Tránsito, con el objetivo de desarrollar este PIEP, el cual estuvo a cargo de un profesional contratado especialmente para este fin.
OBJETIVOS DEL PIEP DE ZAPALLAR:
Los objetivos de este PIEP son los que están definidos en la ley, los cuales corresponden a:
. Mejorar condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad de la comuna.
. Mejorar la calidad de los espacios públicos.
. Mejorar la cohesión social.
. Mejorar la sustentabilidad urbana.
TIPOLOGÍAS DE PROYECTOS:
Para cumplir con los objetivos planteados anteriormente, la normativa permite la siguiente tipología de proyectos a desarrollar mediante este plan:
. Obras asociadas a infraestructuras de movilidad motorizada y no motorizada.
. Proyectos de espacios públicos y áreas verdes en bienes nacionales de uso público existentes o planificados.
IMAGEN OBJETIVO:
El PIEP de la comuna de Zapallar tiene como base estratégica la Imagen Objetivo establecida en su Plan de Desarrollo Comunal (Pladeco) del año 2019, puesto que este plan se asume como un complemento para que el Pladeco alcance sus objetivos:
"Zapallar, comuna sustentable y cohesionada culturalmente, encuentra en sus habitantes, una sólida base, para un desarrollo armónico, sostenible, con sentido de pertenencia, identidad y compromiso, que promueve el emprendimiento, la innovación y el turismo rural en el sector cordillera. Con un territorio ordenado de manera integral y equilibrada, que conjuga las vocaciones propias de la cordillera y la costa, con definición de espacios para el esparcimiento, la cultura, la recreación, la salud, la educación, el deporte y la vivienda, donde los territorios se encuentran conectados, unidos e integrados. Con una municipalidad moderna y transparente, con funcionarios calificados y amables. Con una gestión innovadora líder en el ámbito nacional, que ofrece a los vecinos y visitantes servicios de alta calidad, efectivos y eficaces.".
LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS PIEP ZAPALLAR:
El PIEP de la comuna de Zapallar define 4 lineamientos estratégicos, los cuales recogen diversas aspiraciones comunales señaladas en su imagen objetivo y corresponden a la matriz de índole táctica que orienta el desarrollo y aplicación de este plan.
Estos lineamientos se definieron en conjunto por la Mesa Técnica Municipal, en función de la tipología de proyectos que define la normativa, adaptado a la realidad comunal.
- Mejoramiento del equipamiento y accesibilidad al borde costero de la comuna: Zapallar prioriza su vocación costera y el libre acceso a todo su borde costero, por lo cual tiene especial preocupación en asegurar que las bajadas a este borde costero estén en las mejores condiciones posibles, por lo que este eje responde a ese anhelo comunal y asegura una adecuada provisión de recursos permanentes para la mantención y mejoramiento de esa infraestructura comunal.
- Iluminación de espacios públicos: La seguridad de los espacios públicos de la comuna de extrema importancia para la comuna y por ello este plan asegura una línea de financiamiento permanente para proyectos de mantención y/o mejoramiento de luminarias públicas en diversos sectores de la comuna.
- Reposición de espacios públicos: Corresponde al mejoramiento y mantención de plazas, escalas, veredas, canchas y diversos espacios de uso comunitario para otorgar una mayor seguridad y calidad para el uso de los vecinos de la comuna.
- Mejoramiento de la vialidad pública: Para Zapallar es de vital importancia asegurar las mejores condiciones de seguridad en la vialidad pública, esto implica realizar proyectos relacionados con mejoramiento y reposición de señaléticas, mejora en cruces, instalación de lomos de toro para el control de velocidad, entre otras iniciativas.
METODOLOGÍA PARA LEVANTAMIENTO EN TERRENO INICIATIVAS DEL PLAN
Para el proceso de levantamiento del plan, se consideraron elementos contenidos en la "Guía para la elaboración de planes comunales de inversión en infraestructura de movilidad y espacio público (PIEP)" del Programa de Naciones Unidas por el Desarrollo del año 2018 se hizo una ronda de talleres territoriales con dirigentes vecinales y sociales representando a las 6 localidades que componen la comuna de Zapallar, las cuales corresponden a:
. Zapallar centro
. Cachagua
. La Laguna
. Catapilco
. La Hacienda
. Blanquillo
Estos talleres consistieron en presentar los alcances del plan y luego un trabajo en grupos en donde los asistentes a los talleres levantaron sector por sector acá una de las necesidades de iniciativas de proyectos de espacios públicos en sus respectivos sectores. De esa selección se obtuvieron más de 80 ideas de iniciativas, las que después de un proceso de análisis de factibilidad y viabilidad técnica, de competencias y económica se obtuvieron 55 iniciativas que formarán parte de este plan.
Los talleres consistieron en una presentación de los alcances de la normativa que regula este plan en una primera instancia, para después en una segunda etapa pasar al trabajo grupal donde se levantaron todas las necesidades de proyectos que se necesitan en cada sector.
En este proceso también fueron incorporados los concejales de la comuna, quienes también aportaron con algunas ideas de proyectos necesarios para abordar mediante este plan.




SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PLAN
Para el seguimiento y control del PIEP de la comuna de Zapallar, se proponen las siguientes acciones:
1. Evaluación de avance: para evaluar el avance en la implementación, se propone que la Mesa Técnica Municipal reporte anualmente al Concejo Municipal, incluido el Alcalde, el avance de ejecución y grado de cumplimiento de metas establecidas en los objetivos específicos.
Para lo anterior se evaluarán y calificarán los siguientes aspectos del Plan y los proyectos:
- Número de proyectos ejecutados
- Estado de avance del Plan
- Estado de avance de los proyectos
- Estado de conservación
- Uso (esporádico, permanente, intenso)
- Nivel de satisfacción (alto, medio, bajo)
En caso de que el avance de la implementación del plan y/o grado de cumplimiento de metas no resulte satisfactorio (menos del 50% de ejecución de los proyectos) se identificarán aquellas fallas o problemas que se requiere subsanar para garantizar la implementación del PIEP como sistema y el éxito de cada uno de los proyectos como unidad.
2. Ajuste y modificaciones: esta instancia considera las siguientes acciones:
- Revisión de priorización.
- Incorporación de nuevos proyectos.
(a) Revisión de priorización: se revisará la priorización del plan en virtud de condiciones imprevistas -dificultades u oportunidades- que hagan necesario cambiar proyectos, obras y medidas entre grupos de ejecución, para lo cual la mesa técnica propondrá el cambio con la nueva conformación de los grupos de iniciativas, la cual incorporará como anexo al plan.
(b) Incorporación de nuevos proyectos, obras y medidas: para la incorporación al plan de nuevos proyectos que puedan surgir durante su período de vigencia, en lo posible, deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar dentro del ámbito definido por la ley 20.958 y la OGUC respecto de los PIEP.
- Responder a una orientación estratégica u objetivo específico del plan.
- Ser recomendado por la Mesa Técnica Municipal.
- Ser aprobada por el Concejo Municipal y promulgada la modificación del plan por el Alcalde.
- En el caso de iniciativa privada además deberá cumplir con la exigencia de no corresponder a mitigaciones directas que deba ejecutar el proyecto inmobiliario del interesado.