APRUEBA MODIFICACIÓN CALENDARIO DE BASES ADMINISTRATIVAS DEL CONCURSO PÚBLICO DEL "FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL" AÑO 2025
Núm. 480 exenta.- Santiago, 26 de mayo de 2025.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley Nº 19.032, que Reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, orgánica de bases generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, de bases de los procedimientos administrativos que rigen la Administración del Estado; la ley Nº 19.733, sobre libertades de opinión e información en el ejercicio del periodismo; el decreto Nº 45, de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba Reglamento del Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales; la resolución exenta Nº 108/2025, de este Ministerio, que aprobó la propuesta de bases administrativas y técnicas del concurso público del "Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, Año 2025"; la resolución exenta Nº 351/2025, que aprueba Manual de Ejecución del Concurso 2025 para el Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales; la Ley Nº 21.722, de Presupuesto del Sector Público para el año 2025; el decreto supremo Nº 14, de 2023, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que designa a la Subsecretaria General de Gobierno; y en la resolución Nº 36, de 2024, y la resolución Nº 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2°, letra c) de la ley N° 19.032, al Ministerio Secretaría General de Gobierno le corresponde constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las diversas organizaciones sociales, cualquiera sea su naturaleza, respetando plenamente la autonomía de éstas, con el propósito de facilitar la expresión de las necesidades de la ciudadanía y resolverlas en función del interés social.
2. Que, el artículo 4 de la ley Nº 19.733, sobre libertades de opinión e información en el ejercicio del periodismo, establece que los presupuestos del Estado destinados a avisos, difusión, llamados a concurso y publicidad, que cuenten con clara identificación regional, provincial o comunal, deberán destinarse mayoritaria y preferentemente en medios que reúnan tales características de índole local.
3. Que, el artículo 2 del decreto Nº 45, de 2002, que aprueba el Reglamento de Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, establece que la administración del Fondo, junto a su coordinación, seguimiento y presupuesto, dependerán del Ministerio Secretaría General de Gobierno, órgano que tendrá bajo su responsabilidad tal instancia.
4. Que, con fecha 4 de febrero de 2025, mediante resolución exenta Nº 108/2025, de este Ministerio, se aprobó la propuesta de bases administrativas y técnicas del concurso público del "Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, Año 2025".
5. Que, en el Punto 1.4: "Modificación de las Bases", de las Bases Administrativas del Fondo de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales del año 2025, se estipula que: "El Ministerio podrá modificar, ampliar y/o aclarar estas Bases y sus anexos, a lo largo del concurso, mediante resoluciones exentas, las que serán publicadas en el portal web fondodemedios.gob.cl".
6. Que, mediante la resolución Nº 370/2025, de fecha 29 de abril de 2025, se aprobó la modificación del calendario de bases administrativas del concurso público del "Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social", año 2025.
7. Que, en el punto "5. Calendario del Concurso" de las Bases del Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, año 2025, se señalan las fechas de reconsideración admisibilidad, indicando que existe plazo para realizar las gestiones correspondientes entre el día 20 de mayo y 26 de mayo de 2025.
8. Que, esto significa que se contabilizaron 4 días hábiles para que los postulantes puedan ejercer su derecho a presentar correcciones/aclaraciones correspondientes a las observaciones realizadas en el proceso de admisibilidad.
9. Que, sin embargo, las bases administrativas en su punto 10. "Periodo de subsanación", indican que el plazo para ejercer el mencionado derecho será de 5 días hábiles, por lo que corresponde modificar el calendario para que este plazo sea respetado.
10. Que, en el punto 5 de las bases aludidas, establece que el cronograma de este concurso puede ser modificado por el Ministerio, debiendo ser informado en el sitio web www.fondodemedios.gob.cl, lo cual este servicio precisará llevar a cabo para no entorpecer el normal desarrollo del proceso, atendido que se necesita extender algunas fechas para no perjudicar a ningún postulante.
11. Que, en el punto 6 de las mismas bases, se establecen las postulaciones en línea del "Fondo de Medios de Comunicación Social".
12. Que, este servicio ha decidido modificar el plazo de postulaciones para el Fondo de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales del año 2025, por razones de eficiencia, eficacia del procedimiento y en cuanto ello obedece a maximizar la finalidad de la señalada convocatoria.
Resuelvo:
1. Modifícase el punto 5. de las Bases Administrativas del Fondo de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales del año 2025, en lo relativo al calendario del concurso.
2. Establécese, como nuevo calendario del concurso el siguiente:

3. Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial y en el sitio web institucional del Fondo de Medios de Comunicación Social, año 2025.
4. Las bases administrativas y anexos que se aprueban por este acto estarán disponibles íntegramente en el sitio web www.fondodemedios.gob.cl.
Anótese y regístrese.- Nicole Cardoch Ramos, Subsecretaria General de Gobierno.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Nicole Cardoch Ramos, Subsecretaria General de Gobierno.