PRORROGA RESOLUCIÓN Nº 54 EXENTA, DE 27 DE ENERO DE 2025, QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS Y VÍAS QUE INDICA, DE LA COMUNA DE CALDERA
Núm. 244 exenta.- Copiapó, 13 de junio de 2025.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; en los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la resolución exenta Nº 54, de 27 de enero de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama; en Formulario de Prohibición de Circulación vehicular de fecha 9 de junio de 2025, presentado por la sociedad Constructora Tricam SpA.; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, mediante resolución exenta Nº 54, de 2025, citada en vistos, esta Secretaría Regional Ministerial, prohibió la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en las siguientes vías de la comuna de Caldera:
- Ruta C-366, desde el kilómetro 0, hasta el kilómetro 5,623, y
- Ruta C-318, desde el kilómetro 0, hasta el kilómetro 15,227.
2. Que, mediante Formulario de Prohibición de Circulación vehicular de fecha 9 de junio de 2025, la sociedad Constructora Tricam SpA. RUT 78.715.990-7, antes Constructora Tricam Ltda., solicitó a esta Secretaría Regional, la extensión del plazo de prohibición de circulación de vehículos motorizados respecto de los tramos indicados en la mencionada resolución exenta Nº 54, por las razones que indica.
3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.
4. Que, en consecuencia, se mantiene la causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Prorrógase hasta el 30 de noviembre de 2025, la prohibición de circulación de vehículos motorizados, en los términos indicados en la resolución exenta Nº 54, de fecha 27 de enero de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama. En consecuencia, modifícase el numeral 1º de la parte resolutiva de la citada resolución exenta Nº 54, en el sentido de substituir donde indica "30 de junio de 2025" por "30 de noviembre de 2025".
2. En lo no modificado, rige plenamente la resolución exenta Nº 54, de 27 de enero de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomuniciones, Región de Atacama.