EXTRACTOS DE RESOLUCIONES Nºs 318, 1.297, 13, 3, 1.197, 4, 3.615, 1.792, 741, 6, 537, 399, 105, 168, 185 Y 65 EXENTAS, DE 1998
De conformidad con lo previsto en la Resolución Nº Ex.
5.801, de 01.10.1998, del Director del Servicio, publicada, en extracto, en el Diario Oficial de 07.10.1998, los Directores Regionales de la I a la XVI, Direcciones Regionales del país, han dictado, respectivamente, las Resoluciones Nº Ex. 318, de 14.10.98, la I; Nº Ex. 1.297, de 14.10.98, la II; Nº Ex. 13, de 15.10.98, la III; Nº Ex. 3, de 20.10.98, la IV; Nº Ex. 1.197, de 23.10.98, la V; Nº Ex.
4, de 16.10.98, la VI; Nº Ex. 3.615, de 09.10.98, la VII; Nº Ex. 1.792, de 07.10.98, la VIII; Nº Ex. 741, de 28.10.98, la IX; Nº Ex. 6, de 27.10.98, la X; Nº Ex. 537, de 15.10.98 la XI; Nº Ex. 399, de 28.10.98. la XII; Nº Ex. 105, de 21.10.98, la XIII; Nº Ex. 168, de 28.10.98, la XIV; Nº Ex. 185, de 16.10.98 la XV y Nº Ex. 65, de 14.10.98 la XVI, delegando en los funcionarios que en cada resolución señalan, las facultades de resolver administrativamente las peticiones de devoluciones y ordenar la devolución de las sumas ingresadas en arcas fiscales indebidamente, doblemente o en exceso a título de impuestos, reajustes, intereses o sanciones, relacionadas con las declaraciones modificatorias del formulario 22 de declaración anual de Impuesto a la Renta, siempre que se trate de resoluciones exentas de toma de razón.
- Secretario General.