Por resolución Nº 1.880, de 30 de diciembre de 1998, de esta Subsecretaría, otórgase a PESCA SURIBERICA S.A., un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Bacalao de profundidad, fijada en el artículo 1º del D.S. Nº 328, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca de la especie Bacalao de profundidad, que se fijen en los años 1999 a 2008, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 1% de la cuota global anual de captura, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley General de Pesca y Auicultura.
    El adjudicatario de los derechos que dan origen al presente permiso extraordinario, deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan y que corresponden a las cuotas anuales individualizadas en el numeral anterior.


Diciembre 1999  51,8 UTM Diciembre 2000  51,8 UTM Diciembre 2001  51,8 UTM Diciembre 2002  51,8 UTM Diciembre 2003  51,8 UTM Diciembre 2004  51,8 UTM Diciembre 2005  51,8 UTM Diciembre 2006  51,8 UTM Diciembre 2007  51,8 UTM
    Valparaíso, 30 de diciembre de 1998.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.