CONCEDE PENSION, POR GRACIA, AL MENOR FABIAN MAXIMILIANO MUÑOZ MARCHANT
Santiago, 26 de agosto de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.744.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32 Nº 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 18.056, el informe favorable emitido en reunión de fecha 23 de julio de 1998, de la Comisión Especial, creada por decreto supremo Nº 1.928, de 1981, de Interior, y
Considerando: Que el menor Fabián Maximiliano Muñoz Marchant, se encuentra en la situación prevista en el Art. Nº 2º, letra c), de la Ley Nº 18.056,
D e c r e t o:
Artículo primero: Concédese, por gracia, al menor Fabián Maximiliano Muñoz Marchant, Rut. 19.288.929-4, con domicilio en la comuna de La Florida, una pensión equivalente a uno y medio ingreso mínimo mensual, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que hace referencia el inciso 1º del artículo 5 de la Ley Nº 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.
Artículo segundo: Facúltase a doña María José Marchant Verdejo, Rut. 13.275.317-2, madre del beneficiario, para cobrar la pensión en su representación.
El gasto que demande el presente decreto supremo, se imputará al ítem ''Jubilaciones, Pensiones y Montepíos'', del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.-
Raúl Troncoso Castillo, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud., Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.