Servicio Agrícola y Ganadero mediante resolución exenta No. 454 de 29 de Marzo de 1988, conforme Art. 5° Transitorio Código Aguas, determinó Derechos Aprovechamiento Aguas proporcionales que corresponden a Sectores Excluidos y Reserva predios "Hijuela C que comprende el lote San Ignacio de Cunaco y el lote poniente o San Manuel de Cunaco", "Hijuela Las Araucarias que es parte de la Hacienda San Gregorio", "Hijuela Las Casas que es parte de la Hacienda San Gregorio" e "Hijuela B que comprende dos lotes, Oriente o porción Las Maravillas y Poniente o porción San Mariano", de la comuna de Nancagua, VI Región y Derechos Aprovechamiento Aguas que corresponden a parcelas N°s. 1 a la 34, sitios N°s. 1 al 54B, 2R al 8R, AR y BR y las Reservas CORA N°s. 2, 3 y 4 del Proyecto de Parcelación "San Gregorio", formado por predios señalados y por predio "Sector Poniente de la Hijuela Segunda de Ana Luisa de Cunaco". Los derechos de aguas se extraen del Canal Cunaco por los canales Cunaco y San Gregorio. Publicación hecha conforme Art. 13 Ley No. 18.377.-
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