DETERMINA ORGANISMOS PUBLICOS Y PRINCIPALES ACTIVIDADES PRIVADAS QUE ESTARAN REPRESENTADAS EN EL CONSEJO REGIONAL DE DESARROLLO (COREDE)
(Resolución)
Núm. 2.- Concepción, 09 de Junio de 1987.- Considerando:
1. Que a esta Comisión corresponde designar a los cinco organismos de los sectores económico, social y cultural de la Administración del Estado o empresas en que éste tenga participación mayoritaria, que estarán representados en el Consejo Regional de Desarrollo durante los próximos cuatros años.
2. Que, asimismo, corresponde a esta Comisión determinar las principales actividades privadas que se ejercen en la Región, dentro de los estamentos empresarial, laboral, profesional, cultural y de fomento al desarrollo social y económico, estableciendo el número de representantes que cada estamento tendrá derecho a elegir.
3. Que se ha tenido en cuenta, para efectuar las determinaciones anteriores, las características de esta Región, los factores que establece la Ley en su art. 5°, los informes remitidos por la Secretaría Regional de Planificación y Coordinación y Secretaría Regional Ministerial del Trabajo de la Región del Biobío y los antecedentes presentados por los organismos interesados de los estamentos profesional, cultural y de fomento al desarrollo social y económico, atendiendo al llamado efectuado por esta Comisión mediante Resolución Exenta No.
1, de 21 de abril de 1987, publicada en los diarios "El Sur" de Concepción y "La Tercera de la Hora" de Santiago con fecha 26 del mismo mes y año.
4. Que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Orgánica Constitucional sobre la materia, el Consejo Regional de Desarrollo de la Región del Biobío estará integrado por representantes del sector público y representantes del sector privado, en número de 13 y 22 respectivamente. Vistos: Lo dispuesto por los arts. 2°, 3° 4°, 5°, 8°, 7°, 8° y 15° de la Ley No. 18.005, Orgánica Constitucional de los Consejos Regionales de Desarrollo.
Se resuelve:
1. El Consejo Regional de Desarrollo de la VIII Región del Biobío estará conformado por 35 integrantes, incluidos el Intendente Regional, los Gobernadores de las Provincias de Arauco, Biobío, Concepción y Ñuble, los representantes del Ejército, Armada y Carabineros de Chile y los organismos que en los números siguientes se indica,
2. Los organismos públicos que integrarán el Consejo Regional de Desarrollo, de acuerdo con la letra c) del art.
2° de la Ley No. 18.605, serán los signientes:
a) Universidad del Biobío
b) Dirección Regional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
c) Dirección Regional de la Corporación de Fomento de la Producción.
d) Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal.
e) Dirección Regional del Servicio Nacional de Pesca.
3. Declárase principales las actividades privadas que para cada estamento a continuación se indica, conjuntamente con el número de representantes que cada uno de éstos tendrá derecho a elegir:
a) Estamento Empresarial ...... 7 representantes Actividades principales: Silvoagropecuaria; industria; pesca; comercio; transportes y comunicaciones; electricidad, gas, agua, construcción.
b) Estamento Laboral .......... 7 representantes Actividades principales: Industria manufacturera; servicios en general (básicos, financieros, sociales, comunales, etc.); minería y explotación de canteras; comercio; transporte y comunicaciones y actividades gremiales de los trabajadores civiles del Estado.
e) Estamento Profesional ...... 3 representantes Actividades principales: Contabilidad; ingeniería; agricultura. Hicieron valer antecedentes ante esta Comisión los siguientes organismos: Colegio de Contadores de Chile A.C., Consejo Regional del Biobío; Colegio de Ingenieros de Chile A.G., Consejo Zonal Concepción; y Colegio de Ingenieros Agrónomos de Chile A. G.
d) Estamento Cultural.......... 4 representantes Actividades principales: De carácter universitaria y de Educación superior; cultura física; corporaciones educacionales. Hicieron valer antecedentes ante esta Comisión los siguientes organismos: Universidad de Concepción; Pontificia Universidad Católica de Chile, sede regional Talcahuano; Comité Olímpico de Chile; Corporación de Estudio, Capacitación y Empleo de la Cámara de la Producción y del Comercio de Concepción e Instituto Nacional de Capacitación Profesional, sede Concepción.
e) Estamento de Fomento al Desarrollo Social y Económico............ .. 1 representante Actividad principal: Fomento al desarrollo integral de la Región.. Hizo valer antecedentes ante esta Comisión solamente la Corporación Industrial para el Desarrollo Regional del Biobío.
4. Declárase que ante la no presentación de antecedentes por otros organismos del Estamento de Fomento al Desarrollo Social y Económico, y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7°, letra c), de la Ley No.
18.605, esta Comisión ha resuelto que los derechos de participación de este estamento incrementen los del Estamento Cultural, fijándose el número de representantes que cada uno de los dos estamentos tendrá derecho a elegir, en la forma sefialaàa en las letras d) y e) del Resuelvo 3° de la presente Resolución.
5. La presente Resolución se publicará en la edición del Diario Oficial de la República correspondiente al día Lunes 15 de junio y en la edición del diario "El Sur" de Concepción correspondiente al día domingo 14 de junio de 1987.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Eduardo Ibáñez Tillería, Brigadier General, Intendente Región del Biobío.- Ana Espinoza Daroch, Ministro I. Corte de Apelaciones Concepción.- Oscar Aedo Cid, Contralor Regional del Biobío.