AGREGA CAMINO RODELILLO - EL SALTO - VILLA DULCE, RENOMBRA UN TRAMO Y DESAFECTA EL TRAMO RESTANTE DE LA RUTA F-66, EN DECLARACION DE CAMINOS PUBLICOS DE LA V REGION DE VALPARAISO, SEGUN DECRETO N° 236, DE 1989 Núm. 844.- Santiago, 14 de Octubre de 1996.- Vistos:
    Estos antecedentes, lo dispuesto en el D.S. N° 294 M.O.P. del 27/09/84, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840 y del D.F.L.
N° 206 de 1960, y el D.F.L. N° 458 V. y U. de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    La necesidad de modificar lo establecido en el Decreto Supremo N° 236 del 11/08/89, para incluir el nuevo camino construido por el M.O.P. y hacer los cambios que se requieren para optimizar el funcionamiento de la trama vial bajo nuestra tuición.
    Considerando:
    La necesidad de coordinar las acciones de los servicios responsables de la construcción y conservación de las obras de pavimentación de las calles o avenidas urbanas que unen caminos públicos.
    Que es necesario definir las calles o avenidas urbanas que serán administradas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
    Que el Decreto Supremo N° 294 M.O.P. del 27/09/84, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840 y del D.F.L. N° 206 de 1960, permite declarar caminos públicos a dichas calles o avenidas urbanas.
    D e c r e t o:


    Modifícase el Decreto Supremo N° 236 del 11/08/89 de la siguiente forma:
    Agrégase al primer acápite del punto primero el nuevo Camino Rodelillo - El Salto - Villa Dulce, desde el trébol de Villa Dulce hasta la Ruta 68. A través de la Gran Vía Las Palmas hasta el Paso Superior Agua Santa y renombrando el tramo de la Ruta F-66 que une este punto con la Ruta 68, en la Bifurcación Agua Santa con Santos Ossa.
    Elimínase el séptimo acápite del punto primero referente a la Ruta F-66. El primer tramo que va desde la Ruta 68 hasta el Paso Superior Agua Santa cambiará de nombre, pasando a formar parte de la Ruta 60-CH. El tramo restante se desafectará de su calidad de camino público, pasando a ser una calle o avenida urbana ordinaria.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Obras Públicas.- Edmundo Hermosilla Hermosilla, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Juan Lobos Díaz, Subsecretario de Obras Públicas Subrogante.