MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS
Núm. 3.711.- 2 de octubre de 2001.- Vistos: El Compendio de Normas Aduaneras puesto en vigencia mediante resolución Nº 2.400/85.
El oficio Circ. Nº 1.015 de 24.09.98 que refundió las instrucciones relativas a las concesiones de Almacenes Particulares.
Los oficios 2.890/2000 y Nº 1.831/2001 de la Dirección Regional de Aduana de Valparaíso que solicita modificar los contenidos de la Declaración Jurada Simple para conceder el régimen de almacén particular.
El oficio Ord. Nº 811/2001 del Jefe Equipo Nacional de Supervisión y Control de la Subdirección de Fiscalización.
El Art. 3º de la Ordenanza de Aduanas que legisla sobre los plazos.
Considerando:
Que se hace necesario introducir modificaciones al Compendio de Normas Aduaneras, en el sentido de estandarizar en un formato único la declaración jurada simple del consignatario de las mercancías que serán depositadas en un Almacén Particular de Importación.
Que, conforme a la normativa aduanera vigente, este documento sirve de base para la confección de la Declaración del régimen suspensivo.
Que, mediante oficio circular Nº 1.015/98 se impartieron instrucciones acerca de los datos y antecedentes que debe contener la referida declaración jurada para la concesión del Almacén Particular.
Que, la Dirección Regional de la Aduana de Valparaíso ha dado a conocer los problemas reiterativos que se presentan en la fiscalización de estos recintos de depósito, para lo cual ha solicitado a esta Superioridad la necesidad de incorporar en dicho documento, la obligación de mantener las mercancías separadas e inventariadas, con los antecedentes documentales de ingreso y salida del recinto habilitado, con el objeto de poder efectuar fiscalizaciones más efectivas.
Que, esta Dirección Nacional de Aduanas ha determinado incorporar como Anexo 83 del Compendio de Normas Aduaneras el formato de la Declaración Jurada Simple para la concesión del Almacén Particular, conteniendo los datos, antecedentes y obligaciones necesarias que permitan una adecuada fiscalización de las mercancías depositadas en dicho recinto.
Que, se ha estimado necesario precisar el plazo de 24,00 horas para presentar el manifiesto de carga de salida, en el sentido de que cuando este plazo sea un día domingo o festivo, dicho documento se podrá presentar al primer día hábil siguiente.
Teniendo presente: Lo dispuesto en los números 7 y 8 del art. 4º del D.F.L. Nº 329/1979 y en el D.L. Nº 2.554/1979, dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
I.- Modifícase como se indica el Compendio de Normas Aduaneras:
1.- CAPITULO III
1.1 Sustitúyase el inciso segundo del Numeral 9.1.4. por el siguiente:
"Además, se deberá contar con una Declaración Jurada Simple del consignatario, conteniendo los datos que se establecen en el formato del Anexo Nº 83 del Compendio de Normas Aduaneras, y con un mapa o croquis sobre dicha dirección, cuando corresponda."
2.- CAPITULO IV
2.1 Sustitúyase el inciso segundo del Numeral 1.4 por el siguiente:
"El manifiesto de carga y la guía de correos deben ser presentados dentro del plazo de 24,00 horas contadas desde la fecha de salida del vehículo en los días hábiles y cuando este plazo sea domingo o festivo se podrá presentar dicho documento al primer día hábil siguiente. Asimismo, la lista de pasajeros y tripulantes deberá ser presentada antes de abordar el vehículo salvo en el caso de transporte aéreo, la que no será exigible. Para estos efectos los Directores Regionales y Administradores requerirán de la autoridad marítima o de aeronáutica, según corresponda, la información relativa a la fecha y hora de salida del vehículo."
3.- Agrégase el siguiente Anexo Nº 83 Declaración Jurada Simple Almacén Particular:
DECLARACION JURADA SIMPLE ALMACEN PARTICULAR
Yo ......................... C.I. o RUT Nº ............, en mi calidad de Representante Legal de la Empresa .........................., declara responsablemente que nuestra Bodega ubicada en ..................., comuna de ..................., reúne las condiciones de capacidad de seguridad para el debido depósito y resguardo de las mercancías a que se refiere el Conocimiento de Embarque o documento que lo sustituya Nº ............ de fecha ............... del Puerto de Embarque ................. y que serán depositadas bajo el régimen de Almacén Particular de Importación.
También declara bajo juramento que los datos contenidos en la presente declaración son exactos y fidedignos asumiendo la responsabilidad por ella. Asimismo, declara conocer las disposiciones de los arts.
Nº 168º y 179º de la Ordenanza de Aduanas.
Además, declara bajo juramento que las mercancías correspondientes a la presente Declaración de Almacén Particular estarán perfectamente identificadas para distinguirlas de otras en el depósito, dando a los funcionarios del Servicio de Aduanas que fiscalicen el recinto del Almacén Particular todas las facilidades y apoyo necesarios para el cumplimiento de su cometido, manteniendo para tal efecto un inventario de las mercancías ingresadas al recinto de depósito y los antecedentes documentales de ingreso y salida de las mismas, sin perjuicio de exhibir toda la documentación contable necesaria para permitir una adecuada fiscalización."
FIRMA
Nota: Se adjunta mapa o croquis sobre la dirección del Almacén Particular, cuando corresponda.
II.- Por lo anterior, reemplázase las siguientes hojas: CAP.III-75; CAP.IV-2 y agrégase la hoja Anexo Nº 83-1, del Compendio de Normas Aduaneras, por las que se adjuntan a la presente resolución.
III.- Estas instrucciones comenzarán a regir a contar del 16 de octubre del año 2001.
Anótese, comuníquese y publíquese un extracto de esta resolución en el Diario Oficial.- Freddy González Valdés, Director Nacional de Aduanas Subrogante.