APRUEBA CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES

    Núm. 873.- Santiago, 20 de Enero de 1975.- Vistos:

    1°.- Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 247 y 527, del año en curso;
    2°.- La necesidad de ratificar diversos acuerdos internacionales suscritos por nuestro país que tiendan a fomentar la protección de los recursos naturales renovables;
    3°.- Lo solicitado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Apruébase la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Washington, el 3 de Marzo de 1973; suscrita por Chile el 16 de Septiembre de 1974.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.- Tucapel Vallejos Reginato, General de Carabineros, Ministro de Agricultura.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Claudio Collados Núñez, Capitán de Navío (IM), Subsecretario de Relaciones Exteriores.