REEMPLAZA ARTICULO 3° DE LA ORDENANZA No. 2, DE 1984
    Núm. 8.- Panguipulli, 02 de Septiembre de 1985.- Vistos: Que, es necesario proceder a modificar el artículo 3° de la Ordenanza No. 2, de fecha 07 de mayo de 1984, que dicta normas sobre notificación de resoluciones municipales, con el objeto de hacerlo más expedito y eficiente.
    Teniendo presente: Lo dispuesto en el decreto supremo No. 1.597, de fecha 10 de noviembre de 1973, que me designa Alcalde de la comuna de Panguipulli; y, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto Ley No. 1.289, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal, dicto lo siguiente:

    Ordenanza
    1.- Reemplázase el artículo 3° de la Ordenanza No.
2, de fecha 07 de mayo de 1984, publicada en el Diario
Oficial de fecha 17 de julio de 1984, que dicta normas
sobre notificación de las resoluciones municipales, por
el siguiente:
    Artículo 3°.- Las notificaciones podrán revestir cualquiera de las siguientes formas:
    a) Notificación Personal: consiste en la entrega que se hace al notificado de la copia de la resolución o notificación. Este tipo de notificación será practicado por los siguientes funcionarios municipales:
    - Secretario Municipal.
    - Directivo I, grado 8°, (Director de Aseo y Ornato).
    - Profesional I, grado 8° (Director de Obras Municipales).
    - Jefatura I, grado 10° (Jefe Departamento de Finanzas).
- Jefatura I, grado 10° (Director del Tránsito).
    - Administrativo I, grado 12 ° (Inspector Municipal).
    - Administrativo III, grado 14 ° (Inspector Municipal).
    b) Notificación por Aviso: Consiste en la publicación de un extracto o en forma completa de la resolución de que se trate, en un diario de reconocida circulación en la provincia o en circulares redactadas por el Municipio, firmada por el Alcalde.
    Si se publícase en extracto, éste deberá contener, a lo menos, la fecha de dictación y entrada de vigencia de la resolución y los temas y materias que incluye.
    c) Notificación por Carta Certificada: Consiste en la remisión a través de la Empresa de Correo de la copia de la resolución de que se trate. Esta notificación se entenderá válidamente practicada, transcurridos cinco días corridos contados desde la fecha del envío de la carta certificada.

    Transcríbase a quienes corresponda para su conocimiento y demás fines.
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Luis Emaldía Alvarado, Alcalde.- Heriberto Wenzel Grube, Secretario Municipal.