Considera al departamento de Mulchen como de cuarto órden para los efectos de pago del impuesto de patentes
Lei núm. 1.340.- Santiago, a 27 de Julio de 1900.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente PROYECTO DE LEI:
Artículo único. Para los efectos del pago del impuesto de patentes, fijados por la lei de 22 de Diciembre de 1866, el departamento de Mulchen figurará, en adelante, en el cuarto órden de los establecidos por la lei referida.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- Elías Fernández A.- Rafael Errázuriz Urmeneta.