Que autoriza al Presidente de la República para que pague a don Cárlos Williams la suma de 20,000 pesos como indemnizacion por la ocupacion de la Isla Serrano perteneciente a dicho señor.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO PRIMERO. Se autoriza al Presidente de la República para pagar la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) al súbdito ingles don Cárlos H. Williams, como indemnizacion por la ocupacion que el Gobierno de Chile hizo de la Isla Serrano ubicada en la bahía de Iquique, que era de su propiedad, segun lo declaró la Excma. Corte Suprema en sentencia núm. 2,228, de 28 de Agosto de 1893, hasta que la adquirió el Estado en virtud de la lei núm. 190, de 18 de Agosto de 1894.
ART. 2.° No se verificará el pago a que se refiere el artículo anterior hasta que don Cárlos H. Williams se desista del juicio que sigue al Fisco por daños i perjuicios i de todas las reclamaciones gubernativas que tiene pendientes relativas a la Isla Serrano, renunciando en jeneral i totalmente a cualquier derecho que pudiera tener en contra del Fisco con relacion a dicha isla.
ART. 3.° El Director del Tesoro, en representacion del Fisco, i don Cárlos H. Williams, reducirá a escritura pública el convenio que al efecto se celebre en los términos consignados en la presente lei.
I por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
Santiago, a 16 de Setiembre de 1901.- ANIBAL ZAÑARTU.- Juan Luis Sanfuentes.