Que concede a la Sociedad Protectora de Empleados de Valparaiso permiso para conservar un bien raiz Santiago, a 6 de Noviembre de 1902.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Se concede a la Sociedad Protectora de Empleados de Valparaiso el permiso especial requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar durante treinta años, la posesion del bien raiz que tiene adquirido en la calle Condell de la referida ciudad.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.- JERMAN RIESCO.- Rafael Balmaceda.