Lei núm. 1,935 que determina el número de oficiales de número que tendrá el Ministerio de Instruccion Pública
    Lei núm. 1,935.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. El Ministerio de Instruccion Pública tendrá dos oficiales de número de primera clase i dos oficiales de número de segunda clase.
    Derógase la lei núm.1,296 de 15 de diciembre de 1899, en lo que fuere contraria a la presente.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 8 de febrero de 1907.- PEDRO MONTT.- Oscar Viel.