Lei núm. 3,441, que concede una subvencion al Hospital de Doñigüe.
Lei núm. 3,441.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para conceder una subvencion estraordinaria de cinco mil pesos ($ 5,000) al Hospital de Doñigüe.
El gasto se deducirá de los intereses de devengados por los depósitos fiscales hechos durante el año en curso en el Banco de Chile.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a cuatro de Diciembre de mil novecientos dieciocho.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Armando Quezada A.