FIJA VIAS CON CARACTER DE EXCLUSIVAS PARA LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA URBANA Y RURAL EN LAS COMUNAS DE CONCEPCION, CHIGUAYANTE Y SAN PEDRO DE LA PAZ

    Núm. 223 exenta.- Concepción, 18 de noviembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; los artículos 89º, 90º, 101º, 113º y 118º de la ley Nº 18.290; el decreto Nº69/93 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 2.246/2005 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece condiciones específicas de operación y utilización de vías aplicables a los servicios urbanos y rurales de transporte público remunerado de pasajeros prestados mediante buses en las vías ubicadas al interior de las comunas de Concepción, Chiguayante, Hualqui, Talcahuano, Hualpén, San Pedro de la Paz y Penco.

    Considerando:

    1º Que, con el objeto de disminuir la congestión y concentración de fuentes móviles contaminantes, conjuntamente con establecer un sistema más seguro y ordenado de acceso a los vehículos de transporte público de pasajeros por parte de los usuarios, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en su condición de autoridad rectora nacional en materia de tránsito y transporte público, haciendo uso de sus facultades, ha determinado la necesidad de establecer vías con carácter de exclusivas en Avenida Paicaví, en la comuna de Concepción; Avenida Manuel Rodríguez, en la comuna de Chiguayante, y Avenida Pedro Aguirre Cerda, en la comuna de San Pedro de la Paz, por lo que únicamente los buses que presten servicios de locomoción colectiva urbana y rural y sus recorridos contemplen la utilización de dichas vías, deberán hacer uso de este sistema de gestión de tránsito y detenerse en las paradas habilitadas para dicho efecto.
    2º El mejoramiento de la infraestructura vial implementada por el Sistema Integrado de Transporte, denominado Biovías.
    3º Lo dispuesto en el punto 4.2 del artículo 1º de la resolución exenta Nº 2.246, de 14 de octubre de 2005, que faculta para modificar los trazados o recorridos de los servicios, por razones justificadas,

    Resuelvo:

    1° Establécese la medida de gestión de tránsitoResolución 405 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 17.09.2019
en las comunas de Concepción, Chiguayante, San Pedro de la Paz, Coronel, Talcahuano y Hualpén, denominadas pistas exclusivas para el transporte público y privado, consistente en un conjunto de pistas de uso exclusivo para la circulación de buses de transporte público y privado remunerado de pasajeros en servicios urbanos, rurales e interurbanos, servicios de taxis colectivos urbanos de la comuna de Coronel, de acuerdo a la siguiente tabla ordenadora:
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    Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas los vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile, los adscritos al Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que se encuentren desempeñando labores de control; y aquellos vehículos municipales destinados a cumplir de apoyo a la función policial, que se encuentren debidamente identificados.
    2º Los servicios de locomoción colectiva deberán tomar y dejar pasajeros sólo en las respectivas paradas especialmente habilitadas y señalizadas, según su sentido de viaje, no pudiendo tomar ni dejar pasajeros fuera de dichas paradas.
    3º El cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será fiscalizado por Carabineros de Chile, inspectores municipales y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    4º LasResolución 150 EXENTA,
TRANSPORTES
Nº 1 b)
D.O. 23.05.2014
señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de Señalización de Tránsito.






    Anótese y publíquese.- Dalton Campos Seguin, Secretario Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones VIII Región de Bío Bío.