Ley núm. 14,408

INCLUYE, POR GRACIA, AL TENIENTE CORONEL DE EJERCITO DON JOSE ERNESTO BARRIGA MOLINA, EN LOS BENEFICIOS QUE SEÑALA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Inclúyese, por gracia, al teniente coronel de Ejército, don José Ernesto Barriga Molina, en los beneficios contemplados en el artículo 2.o de la ley N.o 8,055, de 6 de Enero de 1945.
    El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veinticinco de Noviembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Eduardo Figueroa G.