DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 1.159 exento.- Santiago, 15 de diciembre de 2005.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización en su oficio de 19 de abril de 2005, Ref. 3000-0174-05; lo establecido en los artículos 4º y 6º del decreto ley Nº 2.763 de 1979; en el número 5º del decreto Nº 72 de 2004, del Ministerio de Salud, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República,
Decreto:
Artículo 1º.- Decláranse Normas Oficiales de la República de Chile, las siguientes:
NCh 1258/2.Of2005 Sistemas Personales para detención
de caídas - Parte 2: Estrobos y
amortiguadores de impacto.
NCh 1258/5.Of2005 Sistemas Personales para detención
de caídas - Parte 5: Conectores con
puertas de trabado automático y de
cierre automático.
NCh 1258/6.Of2005 Sistemas Personales para detención
de caídas - Parte 6: Ensayos de
Comportamiento de Sistema.
Artículo 2º.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. Las normas que en él se identifican tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación. El texto íntegro de las normas oficiales que se aprueban será publicado en los documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización.
Artículo 3º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Salud.
Artículo 4º.- Deróganse los decretos supremos Nºs. 615 de 1997; 656 de 1997 y 1.057 de 1998 todos del Ministerio de Salud, que declararon Norma Oficial de la República, respectivamente, la NCh 1258/0 of 1997 Equipos de protección personal para trabajos con riesgo de caída - Parte 0: Terminología y Clasificación; NCh 1258/1 of 1997 Equipos de protección personal para trabajos con riesgo de caída - Parte 1: Requisitos y marcado; y NCh 1258/2 of 1997, Equipo de protección personal para trabajos con riesgo de caída - Parte 2: Ensayos.
Anótese y publíquese. Por orden del Presidente de la República, Pedro García Aspillaga, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Soledad Ubilla Foncea, Subsecretaria de Salud Pública (S).