DECLARA SANTUARIO DE LA NATURALEZA LOS ACANTILADOS FEDERICO SANTA MARIA, UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE LAGUNA VERDE, COMUNA Y PROVINCIA DE VALPARAISO, V REGION DE VALPARAISO

    Núm. 699 exento.- Santiago, 30 de Mayo de 2006.- Considerando: Que, los acantilados Federico Santa María, ubicados en la localidad de Laguna Verde, comuna y provincia de Valparaíso, V Región de Valparaíso, poseen un valor ambiental que se refleja en las siguientes características generales y específicas:

A)  Singularidad del área desde el punto de vista de la flora:

    Que, el área constituye un refugio de especies de ambientes más húmedos como Yerba del Pasmo (Francoa appendiculata) y Lun (Escallonia resoluta); de ambientes precordilleranos como Oreganillo (Viviana crenata) y Menonvillea linearis; de especies exclusivas de ambientes costeros como: Pircún (Anisomeria litorales), Pata de Guanaco (Calandrinias), Salicornia fruticosa, Chupalla (Ochagavia litorales), Orquídea del Campo (Bipinnula fimbriata), Quisquito (Neoporteria subgibbosa), Quisco Costero (Echinopsia litorales) y Lirio del Campo (Alstroemeria peregrina). Es, además, el limite sur de distribución de la especies Tupa (Lobelia polyphilla) y el límite norte de distribución de Pasmo y Menonvillea linearis var. Virgata.

    Que, corresponde a una zona de concentración de especies con problemas de conservación a nivel nacional según el Libro Rojo de CONAF, como se indica:

    -Escasas: Centella (Anemone decapellata), Tabaco Cimarrón (Salpiglossis sinuata), Flor del Minero (Centaurea chilensis), Cheilante (Cheilantes hypoleuca), Lun, Orquídea (Gavilea longibracteata), Orquídea del Monte (Chloraea cristata) y Orquídea Gavilú (Chloraea gavilu).

    -Vulnerables: Quisco Costero, Orquídea del Campo (Chloraea disioides), Orquídea del Monte, Violeta o Tahay (Calydorea xiphioides), Añañuca (Phycella bicolor), Culantrillo (Adiantum excisum), Chagual o Cardón (Puya berteroniana, Puya chilensis), Lirio del Campo, Papayo Silvestre (Carica chilensis) y Lúcumo (Pouteria splendens).

    -Raras: Arrayán de Hoja Roja (Myrceugenia rufa), Petrillo (Myrceugenia correaefolia) y Huillipatagua o Naranjillo (Citronella mucronata).

B)  Singularidad desde el punto de vista de la fauna:

    Que, el área constituye un refugio de especies amenazadas, tales como Coipo (Myocastor coypus), Zorro Chilla (Pseudalopez griseus), Degu (Octodon degus), Culebra de Cola Larga (Phylodrias tachymenoides), todas catalogadas como Vulnerables; y Chungungo (Lontra felina), Güiña (Oncifelis guigna) y Torcaza (Columba araucana), catalogadas como En Peligro. Asimismo, el lugar presenta una gran riqueza y cantidad de aves Passeriformes como Chincol (Zonotrichia capensis), Chirigüe (Sicalis luteola), Comesebo (Pygarrhichas albogularis), Diuca (Diuca diuca) y Semillero (Catanemia anales).

C)  Importancia desde el punto de vista de conservación de la biodiversidad:

    Que, se trata de un lugar de importancia para la conservación de la biodiversidad, según el Libro Rojo de los Sitios Prioritarios para la Conservación de la Diversidad Biológica en Chile (Mélica Muñoz et al. Editores, 1996) y definido como sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad en la V Región de Valparaíso, de acuerdo a la Estrategia Nacional para la Conservación de la Biodiversidad (CONAMA).

D)  Valores complementarios:

    Que, los Acantilados Federico Santa María poseen un gran futuro para el uso recreativo, social y cultural, permiten el desarrollo del turismo y contienen un importante potencial para la investigación científica; y

    Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1970; Decreto Supremo Nº 19 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión del 04 de enero de 2006 del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord.
Nº 1456 de 21 de abril de 2006, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; Oficio Nº 52 del Director Regional de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la V Región de Valparaíso, de 19 de enero de 2005; Ord. 4D/Nº 2674 de Director de FONASA, de 30 de diciembre de 2004; Carta del Director Regional de Vialidad de la V Región de Valparaíso, de 05 de enero de 2006; Of. MDN SSG. Depto. 11/2 Nº 4100/1756/FONASA de Ministra de Defensa Nacional, de 14 de junio de 2004; Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile;

    Decreto:

    Artículo primero: Decláranse Santuario de la Naturaleza los Acantilados Federico Santa María, ubicados en la localidad de Laguna Verde, comuna y provincia de Valparaíso, V Región de Valparaíso.
    Artículo segundo: El área protegida comprende una superficie aproximada de 295,5 hectáreas, según el polígono delimitado por los puntos que van de los Nos 1-911-1.
    Las coordenadas UTM de los puntos que determinan la línea que delimita el área se presentan como Anexo Nº 1, en listado adjunto que forma parte del presente decreto.
    Artículo tercero: Se excluyen del área protegida las instalaciones del emisario submarino de la Empresa Sanitaria de Valparaíso (ESVAL). Las coordenadas UTM de los puntos que determinan la línea que delimita las áreas de ESVAL excluidas se señalan en listado adjunto, que forma parte del presente decreto como Anexo Nº 2.
    Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Martín Zilic Hrepic, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Pilar Romaguera Gracia, Subsecretaria de Educación.