Por decreto MOP exento Nº 175 de 30 de abril 2007, y en base a la facultad otorgada por el artículo 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850, de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840, se expropiaron los lotes de terreno Nºs. 1, 2, 3 y 4, para la obra: "Camino Ninhue - Portezuelo, Sector Estero Chonchol, Km. 0,00000 a Km. 0,26000", que figuran a nombre de Molina Juan Suc., Forestal Cholguán S.A. y Moya Molina Justo Pastor, roles de avalúo Nºs. 148-167, 149-343 y 148-177, Comuna de Ninhue, VIII Región, superficies 215 m², 107 m², 307 m² y 123 m². La Comisión de Peritos fijó el monto provisional de la indemnización el 20 de junio de 2005, en la cantidad de $169.000.- para el lote Nº 1;
$136.500.- para el lote Nº 2; $288.500.- para el lote Nº 3 y $97.500.- para el lote Nº 4. La indemnización se pagará al contado. La pu-blicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto ley Nº 2.186, de 1978.

    - Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.