MODIFICA EL DECRETO Nº 576, DEL EX-MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

    Santiago, 21 de Diciembre de 1965.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 365.- Vistos los antecedentes adjuntos y en uso de la facultad que me confiere el Nº 2 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado.

    Decreto:

    Introdúcese la siguiente modificación al decreto supremo Nº 576, del ex Ministerio de Salud Pública y Previsión Social, de 1955, que aprobó el Reglamento para Operaciones de Crédito de la Sección Comercial de la Caja de Retiros y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado:
    Derógase en el artículo 10º, letra h), cuyo texto actual fue fijado por D.S. Nº 201 de este Ministerio, de fecha 9 de Julio de 1965, el inciso final que dice "Durante el presente año la Institución, destinará, con este objeto, la suma de Eº 350.000".

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación que corresponde de la Contraloría General de la República.- E. FREI M.- William Thayer Arteaga.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Ramón Santander Fernández, Subsecretario de Previsión Social.