DECLARA MONUMENTOS NATURALES LOS TERRENOS SILVESTRES QUE INDICA

    Santiago, 13 de Octubre de 1982.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 160.- Visto: Lo informado por la Corporación Nacional Forestal; el decreto Nº 513, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto Nº 492, de 1982, del Ministerio de Bienes Nacionales; el artículo 32º, Nº 8, de la Constitución Política del Estado, y

    Considerando:

    Que por decreto Nº 492, de 1982, del Ministerio de Bienes Nacionales, se desafectó a los Parques Nacionales "Contulmo" IX Región, "Dos Lagunas", XI Región, "Cinco Hermanas", XI Región, "Laguna de los Cisnes", XII Región y "Los Pingüinos", XII Región, de su calidad de tales.
    Que los mencionados terrenos presentan características y recursos relevantes que hacen necesario mantenerlos bajo protección legal.
    Que la categoría de manejo más adecuada para dichas áreas silvestres es la de Monumento Natural, definida en la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas de América,

    Decreto:

    1.- Decláranse Monumentos Naturales las áreas silvestres que se señalan a continuación:
    Contulmo: De aproximadamente 82 hás. de superficie, ubicada en la Región de la Araucanía, con los deslindes del ex Parque Nacional del mismo nombre, creado por decreto supremo Nº 365 de 8 de Abril de 1941 del Ministerio de Tierras y Colonización.

    Dos Lagunas: De aproximadamente 181 hás, de superficie, ubicada en la Región del General Carlos Ibáñez del Campo, con los deslindes del ex Parque Nacional del mismo nombre creado por decreto supremo Nº 319, de 1º de Junio de 1967, del Ministerio de Agricultura.
    Cinco Hermanas: De aproximadamente 228 hás. de superficie, ubicada en la Región del General Carlos Ibáñez del Campo, con los deslindes del ex Parque Nacional del mismo nombre, creado por decreto supremo Nº 285, de 20 de Agosto de 1970, del Ministerio de Agricultura.
    Laguna de los Cisnes: De aproximadamente 25 hás. de superficie, ubicada en la Región de Magallanes y Antártica Chilena con los deslindes del ex Parque Nacional del mismo nombre, creado por decreto supremo Nº 207, de 22 de Abril de 1966, del Ministerio de Agricultura.
    Los Pingüinos: De aproximadamente 97 hás de superficie, ubicada en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, con los deslindes del ex Parque Nacional del mismo nombre, creado también en virtud del decreto supremo Nº 207 de 22 de Abril de 1966, del Ministerio de Agricultura.
    2.- La administración y manejo de las áreas individualizadas seguirán siendo ejercidos por los organismos competentes del Ministerio de Agricultura.
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Jorge Prado Aránguiz, Ministro de Agricultura.- René Peri Fagerstrom, General Inspector de Carabineros, Ministro de Bienes Nacionales.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Luis Simón Figueroa del Río, Subsecretario de Agricultura.