DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS QUE INDICA
Santiago, 4 de abril de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 170 exento.- Visto: lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por oficio Nº3000-0069-08, de fecha 10 de marzo de 2008; lo informado por la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, y lo dispuesto en los decretos Nº456, de 1968, y Nº 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; el DFL Nº 294, de 1960, y en los artículos 32, Nº6 y 35 de la Constitución Política de la República,
Decreto:
Artículo 1º.- Declárase Normas Oficiales de la República de Chile las siguientes normas chilenas con sus respectivo código y título de identificación:
NCh1011/1.Of2008 Leche cruda de vaca - Muestreo.
NCh1684.Of2008 Leche condensada azucarada -
Determinación de sacarosa - Método
polarimétrico.
NCh1012.Of2008 Leche fluida para consumo humano -
Requisitos.
NCh1969.Of2008 Madera - Especies latifoliadas -
Clasificación visual por despiece
o aprovechamiento.
NCh3122.Of2008 Trazabilidad de alimentos y de la
cadena alimentaria - Huevos de
gallina, frescos, conservados o
refrigerados.
NCh3130.Of2008 Miel de abejas - Buenas prácticas
de higiene y procesamiento.
NCh 3135.Of2008 Trazabilidad de alimentos y de la
cadena alimentaria - Miel de
abejas.
NCh 3142.Of2008 Miel de abejas - Determinación del
contenido de metales pesados -
Método de plasma acoplado
inductivamente (ICP)
Artículo 2º.- Con el presente decreto se anulan y reemplazan las siguientes normas:
NCh1011-Of.98 Leche y productos lácteos - Muestreo - Parte 1: leche cruda, declarada Norma Chilena Oficial de la República por decreto Nº 158, de fecha 26 de octubre de 1998, del Ministerio de Agricultura, publicada en el Diario Oficial de fecha 19 de noviembre de 1998.
NCh 1684-Of.79 Leche condensada - Determinación del contenido de sacarosa - Método polarimétrico, declarada Norma Chilena Oficial de la República por decreto Nº 295, de fecha 8 de octubre de 1979, del Ministerio de Agricultura, publicada en el Diario Oficial de fecha 23 de octubre de 1979.
NCh 1969-Of.86 Madera - Especies latifoliadas y alerce - Clasificación visual por despiece o aprovechamiento, declarada Norma Chilena Oficial de la República por decreto Nº 36, de fecha 26 de febrero de 1986, del Ministerio de Agricultura, publicada en el Diario Oficial de fecha 21 de marzo de 1986.
Artículo 3º.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. La norma identificada en él tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4º.- El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización.
Artículo 5º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares a este Ministerio.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Marigen Hornkohl Venegas, Ministra de Agricultura.- Reinaldo Ruiz V., Subsecretario de Agricultura.