AMPLÍA DECLARACIÓN DE MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA DEL ÁREA HISTÓRICA DE VALPARAÍSO, QUE INCLUYE TRES INMUEBLES CONOCIDOS COMO ALMACENES FISCALES, DE LA COMUNA Y PROVINCIA DE VALPARAÍSO, V REGIÓN DE VALPARAÍSO
Núm. 2.459 exento.- Santiago, 29 de julio de 2008.- Considerando:
Que, los primeros almacenes fiscales levantados en Valparaíso datan de mediados del siglo XIX y surgen con la especialización portuario-comercial del sector nor- poniente de la ciudad, en torno a la Plaza de la Aduana. Entre los años 1848 y 1849, a cargo del ingeniero Augusto Charme, se inician las obras de relleno y cimentación hidráulica en el tramo comprendido entre el pie del Cerro Artillería y la Punta Duprat, para establecer el terreno propicio a los Almacenes y a otras instalaciones portuario-mercantiles.
Que, la construcción de los primeros almacenes fiscales, son obras del arquitecto-ingeniero Juan Brown, que se desarrolló en tres etapas: en 1851 se levanta la primera hilera de almacenes, ocupando el espacio cercano a la antigua Plaza del Arsenal, una segunda hilera de almacenes comienza a edificarse en 1852 y, finalmente, hacia 1854, se concreta la tercera hilera, emplazada entre la segunda y el Cerro Artillería. Paralelo a esto, entre 1854 y 1855, el mismo arquitecto, Juan Brown, proyecta el Edificio de la Aduana, declarado Monumento Histórico. De todas estas hileras, la primera es la única que se salva del bombardeo de 1866 por parte de la escuadra española. Hacia 1872 se inician las faenas para reconstruir las siniestradas, dando origen a los actuales Almacenes Fiscales, que datan de 1873.
Que, en su origen los Almacenes Fiscales constituían un conjunto de ocho inmuebles; el primero se demolió para emplazar la calle Antonio Varas y luego desaparecieron otros, hasta quedar los cuatro actuales como Centro de Abastecimiento e Imprenta de la Armada, siendo edificios de cuatro pisos, de plantas originalmente libres, de estructura metálica y muros de albañilería de ladrillo, de gran nobleza y calidad, que están en uso actual y presentan grandes potenciales, exhibiendo, además, un buen estado de conservación.
Que, los Almacenes Fiscales forman parte del mismo conjunto "barrio puerto", ya declarado Zona Típica o Pintoresca, sector que presenta una gran identidad patrimonial, con edificaciones que surgen de la adaptación de modelos que representaban las visiones más vanguardistas de su tiempo a las condiciones locales de trazado y parcelación urbana.
Que, el área actualmente protegida, es la zona de mayor valor patrimonial del puerto entre el Cerro Artillería y el Plan, donde se construyó la historia, los mitos y las leyendas de una ciudad que vivió la globalización temprana, hace más de un siglo y que sigue siendo un conjunto destacado de experiencias urbanas, corresponde a la zona de crecimiento obligado hacia el mar, donde surgen almacenes, bodegas, vías de circulación, tendidos de vías férreas y nuevas calles que fortalecen las comunicaciones para el destino de transporte de carga portuaria y reúne un conjunto de edificios de carácter monumental, que representan una época histórica de importancia, en relación a los modos de vida y sociedad, con homogeneidad y relativa contemporaneidad en las construcciones presentes, de armonía volumétrica, armonía estética, con construcciones de fines del siglo XIX y comienzos del siglo XX, tal diversidad de elementos dan sentido al paisaje cultural característico de la ciudad, anfiteatro orientado hacia el mar.
Que, en el año 2003, el Comité de Patrimonio Mundial, de UNESCO, junto con nominar a una parte de la Zona Típica o Pintoresca "Área Histórica de Valparaíso" como Sitio de Patrimonio Mundial, resolvió además "estimular al Estado Parte a continuar sus esfuerzos en orden a proteger la infraestructura relacionada a los usos históricos del sector portuario y de los sistemas de transporte".
Que, en resumen, el conjunto de edificios conocidos como Almacenes Fiscales que se protegen son testimonios de una ciudad puerto que se expandió ganando terreno al mar con gran esfuerzo, erigiendo estos inmuebles para fundar con ellos, sumados a otros elementos, las bases del desarrollo de un puerto líder en el Pacífico Sur Americano y,
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288, de 1970; decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; decretos exentos de Educación Nºs. 605 de 2001 y 453 de 2008; acuerdo de sesiones de 11 de julio, de 10 de octubre, de 8 de noviembre y de 12 de diciembre, todas de 2007, de 16 de enero, de 12 de marzo y de 9 de abril, todas de 2008, del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 2.916, de 3 de junio de 2008, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; oficio Nº 223, de Jefa de la Oficina de Gestión Patrimonial de la I. Municipalidad de Valparaíso, de 27 de junio de 2008; oficio Nº 30, del Alcalde de Valparaíso, de 10 de julio de 2007, solicitando la ampliación de la Zona Típica; Carta CJA Ord. Nº 4770/4833, del Comandante en Jefe de la Armada (S), de 19 de octubre de 2007; resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único: Amplíase la declaración de Zona Típica o Pintoresca del Área Histórica de Valparaíso, declarada por los decretos exentos de Educación Nºs. 605 de 2001 y 453 de 2008, al sector delimitado por el polígono 109-110-111-112-113-103-104-109, indicado en el plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
El área de protección que se amplía incluye los tres inmuebles denominados Almacenes Fiscales y posee una superficie de 12.240 m².
Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Mónica Jiménez de la Jara, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Cristián Martínez Ahumada, Subsecretario de Educación.