EXTIENDE BENEFICIO SOBRE FERIADO PROGRESIVO A EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su
"Artículo único.- Extiéndese a los empleados y obreros municipales de la República, el beneficio sobre feriado progresivo establecido en las leyes N°s 15.475 y 16.424.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, treinta y uno de Julio de mil novecientos setenta y tres.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Jorge Godoy Godoy.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Augusto Jiménez Jara, Subsecretario del Trabajo.