FIJA PARA LA REGION METROPOLITANA DISTRIBUCION DE VIVIENDAS QUE SEÑALA SEGUN ALTERNATIVAS DE POSTULACION Y LIMITA PARTICIPACION EN PROCESO DE SELECCION EN COMUNAS QUE INDICA (CORRESPONDIENTES A LA 18a SELECCION) Santiago, 9 de Marzo de 1992.- Hoy se resolvió lo siguiente:
    Núm. 111.- Visto: Lo dispuesto en el inciso 2° del Art. 9° y en el inciso cuarto del Art. 10° del D.S. N° 62 (V. y U.) de 1984, que reglamenta el sistema de postulación, asignación y venta de viviendas destinadas a la atención de situaciones de marginalidad habitacional, y el Art. 21, inciso 4° de la ley N° 16.391, dicto la siguiente:
    Resolución:

    Fíjase para la Región Metropolitana la siguiente distribución de viviendas, según alternativa de postulación individual y colectiva y límitase a los postulantes de las comunas que a continuación se indican, la participación en el proceso de selección para la asignación de las viviendas que en cada caso se señala:
    I Población Viña Cousiño Sectores 4 y 5 Comuna de Peñalolén:
    Para postulantes de la comuna de Peñalolén que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 95 viviendas para atender postulación individual.
    b) 76 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la agrupación de comunas integrada por: La Granja, Lo Barnechea, Vitacura, Las Condes, Providencia, Ñuñoa, La Reina, Macul, La Florida y San Joaquín, que indicaron como primera preferencia alguna de estas comunas;
    a) 115 viviendas para atender postulación individual.
    b) 65 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de cualquier comuna de la Región Metropolitana, que indicaron como primera preferencia alguna de las comunas indicadas anteriormente:
    a) 29 viviendas para atender postulación individual.
    II Poblaciones Los Lebreles y Santa Adriana, Comuna de Lo Espejo:
    Para postulantes de la comuna de Lo Espejo, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 7 viviendas para atender postulación individual.
    b) 87 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la agrupación de comunas integrada por: Puente Alto, La Pintana, El Bosque, San Bernardo, La Cisterna, Pedro Aguirre Cerda, San Miguel y San Ramón, que indicaron como primera preferencia alguna de estas comunas:
    a) 70 viviendas para atender postulación individual.
    b) 55 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de cualquier comuna de la Región Metropolitana, que indicaron como primera preferencia alguna de las comunas indicadas anteriormente:
    a) 16 viviendas para atender postulación individual.
    III Poblaciones El Olivo B y Colón 2, Comuna de San Bernardo:
    Para postulantes de la comuna de San Bernardo, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 56 viviendas para atender postulación individual.
    b) 20 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la agrupación de comunas integrada por: Puente Alto, La Pintana, El Bosque, San Ramón, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda y San Miguel, que indicaron como primera preferencia alguna de estas comunas:
    a) 56 viviendas para atender postulación individual.
    b) 46 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de cualquier comuna de la Región Metropolitana, que indicaron como primera preferencia alguna de las indicadas anteriormente:
    a) 13 viviendas para atender postulación individual.
    IV Poblaciones Laguna Sur, La Estrella 4, Nacimiento, Estrella Sur, y Laja Comuna de Pudahuel:
    Para postulantes de la comuna de Pudahuel, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 252 viviendas para atender postulación individual.
    b) 271 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la agrupación de comunas integrada por: Huechuraba, Conchalí, Quilicura, Cerro Navia, Cerrillos, Recoleta, Independencia, Quinta Normal, Santiago y Estación Central, que indicaron como primera preferencia alguna de estas comunas:
    a) 312 viviendas para atender postulación individual.
    b) 234 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la Región Metropolitana, que indicaron como primera preferencia alguna de las comunas indicadas anteriormente:
    A) 92 viviendas para atender postulación individual.
    V Población Borgoño, Comuna de Maipú.
    Para postulantes de la comuna de Maipú, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 90 viviendas para atender postulación individual.
    b) 10 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la agrupación de comunas integrada por: Huchuraba, Conchalí, Quilicura, Cerro Navia, Cerrillos, Recoleta, Independencia, Quinta Normal, Santiago y Estación Central, que indicaron como primera preferencia alguna de estas comunas:
    a) 78 viviendas para atender postulación individual.
    b) 19 viviendas para atender postulación colectiva Para postulantes de cualquier comuna de la Región Metropolitana, que indicaron como primera preferencia alguna de las comunas indicadas anteriormente:
    a) 22 viviendas para atender postulación individual.
    VI Población Apóstol Santiago, Comuna de Renca:
    Para postulantes de la comuna de Renca, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    A) 60 viviendas para atender postulación individual.
    b) 31 viviendas para atender postulación colectiva.
    VII Población Loyola, Comuna de Lo Prado:
    Para postulantes de la comuna de Lo Prado, que indicaron como primera preferencia dicha comuna.
    a) 70 viviendas para atender postulación individual.
    b) 34 viviendas para atender postulación colectiva.
    VIII Población El Bosque 1, Comuna de Huechuraba:
    Para postulantes de la antigua comuna de Conchalí, que indicaron como primera preferencia dicha comuna y/o Huechuraba:
    a) 45 viviendas para atender postulación individual.
    b) 25 viviendas para atender postulación colectiva.
    IX Población Los Esteros 1 y 3, Comuna de Peñaflor:
    Para postulantes de la comuna de Peñaflor, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 395 viviendas para atender postulación individual.
    b) 91 viviendas para atender postulación colectiva.
    Para postulantes de la comuna de Talagante, que indicaron como primera preferencia la comuna de Peñaflor:
    a) 12 viviendas para atender postulación individual.
    X Población Los Carrera y Los Libertadores 2, Comuna de El Monte:
    Para postulantes de la comuna de El Monte, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 118 viviendas para atender postulación individual.
    b) 148 viviendas para atender postulación colectiva.
    XI Población Portal Lo Guerra, Comuna de Isla de Maipo:
    Para postulantes de la comuna de Isla de Maipo, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 63 viviendas para atender postulación individual.
    b) 73 viviendas para atender postulación colectiva.
    XII Población Villa Merced, Comuna de Melipilla:
    Para postulantes de la comuna de Melipilla, que indicaron como primera preferencia dicha comuna:
    a) 178 viviendas para atender postulación individual.
    Por razones de urgencia la Contraloría General de la República se servirá tomar razón de la presente resolución en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Alberto Etchegaray Aubry, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Joan Mac Donald M., Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.