DICTA NORMAS PARA LA EJECUCION PRESUPUESTARIA DEL AÑO 1995
    Núm. 54.- Santiago, 30 de Diciembre de 1994.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 14 del D.L. N° 1.263, de 1975 y la Ley N° 19.356 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 1995.
    Resuelvo:


    1.- Determínase que los organismos del sector público retirarán del Servicio de Tesorerías los fondos que se consulten en el Aporte Fiscal Libre del Programa 05, Capítulo 01 de la Partida 50 Tesoro Público, sólo mediante giros globales, con imputación a la correspondiente Partida, Capítulo, Programa, Subtítulo, Item y Asignación.
    Como etapa previa al retiro de los aportes fiscales asignados se operará con los siguientes documentos: Programa de Caja y Giro Global.
    Programa de Caja La Dirección de Presupuestos formulará y comunicará mensualmente al Servicio de Tesorerías un Programa de Caja que constituirá autorización de pago o de entrega de aporte fiscal, válido sólo para el mes correspondiente. Asimismo, lo pondrá en conocimiento de los organismos del sector público que se encuentren incluidos en dicho documento. El Programa de Caja podrá ser modificado en el transcurso de cada mes.
    Giro Global Los organismos del sector público operarán centralizadamente con giro global directo para el retiro, del Servicio de Tesorerías, de los fondos autorizados por el Programa de Caja.
    Los aportes que retire el organismo a nivel central podrá asignarlos internamente a sus Unidades Operativas por remesas mediante cheques de su cuenta bancaria o sistema a través del Banco del Estado de Chile, u otros cuando corresponda. Este hecho deberá ser comunicado a los Directores Regionales pertinentes.
    Las transferencias para entidades públicas o privadas consultadas, en los presupuestos de un organismo del sector público se entregarán a la entidad beneficiaria mediante cheque de la cuenta bancaria de dicho organismo.
    En lo que respecta a las Municipalidades e Instituciones de Educación Superior las cuotas del aporte fiscal serán entregadas directamente a éstas por el Servicio de Tesorerías de acuerdo a la distribución que señale en el Programa de Caja la Dirección de Presupuestos.
    Montos Aplicados con Cargo a Fondos a Rendir Los organismos del sector público que entreguen fondos a disposición de unidades internas, o en calidad de anticipos a terceros o en administración, deberán ejecutar mensualmente como gasto presupuestario los montos parciales o totales efectivamente aplicados o invertidos en el período a que correspondan las operaciones.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- José Pablo Arellano Marín, Director de Presupuestos.