Por Resolucion N° 559, de 22 de Marzo de 1996, de esta Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, autorízase a LEASING ANDINO S.A., para iniciar actividades pesqueras extractivas con la nave "Loa 11", en el litoral y respecto de los recursos hidrobiológicos que más adelante se señalan.
La nave "Loa 11" se encuentra autorizada para operar en la unidad de pesquería de la especie Jurel, en el litoral comprendido entre la V a la IX Regiones.
Esta área y recurso constituye la pesquería señalada en la letra d), del artículo 1° del D.S. N° 354, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, autorización que fue transferida por Pesquera Loa Sur S.A., R.U.T. N° 95.059.000-9, a Leasing Andino S.A., conjuntamente con la nave "Loa 11", de conformidad con el artículo 23 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, según da cuenta la escritura pública de compraventa citada en Visto.
En consecuencia, Leasing Andino S.A. podrá capturar con cerco, en el área de pesca señalada en el numeral precedente, el recurso hidrobiológico Jurel.
La presente autorización es sin perjuicio de las que corresponda conferir a otras autoridades, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se establezcan.
Déjase sin efecto las Resoluciones N°725, de 1985, N° 939, de 1988 y N° 473, de 1992, todas de esta Subsecretaría, sólo en cuanto autorizaron a Pesquera Loa Sur S.A., R.U.T. N° 95.059.000-9, domiciliada en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren N° 2631, Providencia, Santiago, para realizar faenas de pesca extractiva con la nave "Loa 11", en virtud de la transferencia declarada en Visto.
Valparaíso, 22 de Marzo de 1996.- Patricio Bernal Ponce, Subsecretario de Pesca.