DECRETO-LEY N.o 11
    (Se tomó razón de él por la Contraloría General; pero no ha sido publicado en el "Diario Oficial").
    Declara Banco del Estado el Banco Central de Chile Núm. 11.- Santiago, junio 8 de 1932.- Considerando indispensable para la República Socialista de Chile, la Junta de Gobierno
    Decreta:

    Artículo 1.o Declárase Banco del Estado el Banco Central de Chile.

    Art. 2.o Las acciones clases B, C, y D, expresadas en el artículo 2.o del decreto-ley N.o 486, de 21 de agosto de 1925, se rescatarán por su valor nominal.
    Art. 3.o Desde la vigencia de este decreto se suprime el Director indicado en el Título III del decreto-ley antes citado, y el Gobierno dispondrá lo conveniente para la Administración del Banco Central de Chile.

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno.- ARTURO PUGA.- Carlos Dávila.- Eugenio Matte H.- A. Lagarrigue.