Por Resolución Nº656 de 16 de Julio de 1992 de esta Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, autorízase a PESQUERA SABROPESCA LIMITADA, RUT Nº86.176.300-5, domiciliada en Avda. Principal Nº130, La Cantera Baja, Coquimbo, para ampliar actividades pesqueras de transformación, autorizadas por Resolución Nº57, de 1982 y Nº50, de 1983, de esta Subsecretaría, en orden a elaborar en las líneas de proceso que se indican en la planta autorizada por las Resoluciones citadas precedentemente, ubicada en Avda. Principal Nº130, Cantera Baja, Coquimbo, los siguientes recursos hidrobiológicos: Fresco: Albacora o pez espada, Anguila, Atún aleta amarilla, Atún aleta larga Bacalao de profundidad o mero Cojinoba del norte, Congrio dorado, Dorado, Lenguado de ojos chicos, Lenguado de ojos grandes, Marrajo o tiburón, Merluza del sur, Mulata o vieja negra, Palometa, Pejeperro, Raya, Rollizo; Congelado: Albacora o pez espada, Anguila, Atún aleta amarilla, Atún aleta larga, Bacalao de profundidad o mero, Cojinoba del norte, Congrio dorado, Dorado, Lenguado de ojos chicos, Lenguado de ojos grandes, Marrajo o tiburón, Mulata o vieja negra, palometa, Pejeperro, Raya, Rollizo, Almeja o taca, Caracol tegula, Caracol trumulco, Caracol rubio, Chiton espinoso, Chiton apretador, Chorito, Choro, Culengue, Navaja de mar, Navajuela, Ostra chilena, Ostra del pacífico, Pulpo, Gamba, Jaiba mora, Erizo; Conserva: Atún aleta amarilla, Atún aleta larga, Almeja o taca, Caracol tegula, Caracol trumulco, Caracol rubio, Chiton espinoso, Chiton apretador, Chorito, Choro, Culengue, Navaja de mar, Navajuela, Ostra chilena Ostra del pacífico, Gamba Jaiba mora; Secado: Cochayuyo, Chasca, Chascón, Chicorea de mar, Huiro, Lirquén gomoso, Lugaluga y Pelillo.
Deberá adquirir la materia prima a terceros. Asimismo, los recursos centolla y centollón deberán provenir de zonas no afectas a restricción y el recurso Ostra del Pacífico de centros de cultivo autorizados, lo que acreditará con Guía de libre tránsito otorgada por el Servicio Nacional de Pesca.
La presente autorización es sin perjuicio de las que corresponda conferir a otras autoridades, de acuerdo a las disposiciones legales o reglamentarías vigentes o que se establezcan.

Valparaíso, 16 de Julio de 1992.- Andrés Couve Rioseco, Subsecretario de Pesca.