DECLARA CAMINOS PUBLICOS EN LA V REGION, DE VALPARAISO, A VIAS URBANAS QUE INDICA

    Núm. 35.- Santiago, 13 de Febrero de 1986.- Visto: Estos antecedentes, lo dispuesto en el DS No. 294 (MOP), de 27 de Septiembre de 1984, que fija el texto actualizado del DFL No. 206, de 1960, y de la Ley No.
15.840, el Decreto Ley No. 1.305 de 1976; el DFL No. 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el oficio de acuerdo No. 795, de 29 de Junio de 1984 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el DS No. 30 (MOP), de 1965, Plan Intercomunal de Valparaíso; el DS No. 110 (V. y U.), de 1984; el DS No.
2.230 (MOP), de 1963; el DS No. 181 (V. y U.), de 1984; el DS No. 200 (V. y U.), de 1983: el DS No. 156 (V. y U.), de 1984; el DS No. 426 (V. y U.), de 1969; el DS No. 188 (V. y U.) de 1984; el DS No. 1.461 (Interior), de 1949; el DS No. 317 (V. y U.), de 1966 y el DS No. 221 (V. y U.), de 1966.

    Considerando:

    La necesidad de coordinar las acciones de los Servicios responsables de la construcción y conservación de las obras de pavimentación de las calles o avenidas urbanas que unen caminos públicos.
    Que es necesario definir las calles o avenidas urbanas que ser n administradas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
    Que el Decreto Supremo No. 294 (MOP), de 27 de Septiembre de 1984, que fija el texto actualizado del DFL No. 206, de 1960, y de la Ley No. 15,840, permite declarar caminos públicos a dichas calles o avenidas urbanas.

    Decreto:


    1°. Decláranse Caminos Públicos en el Area Intercomunal de Valparaíso, las vías que a continuación se señalan, en los tramos que se indican:

    1.- El sistema vial que intercorrecta la Ruta 68, Santiago Valparaíso, con la Ruta Internacional 60CH, a través de:- El tramo de la Ruta 68, Santiago - Valparaíso, desde el límite del  rea intercomunal, hasta su empalme con la Av. Argentina en Valparaíso; como asimismo el nuevo trazado por Quebrada Cabritería, hasta empalmar con el cruce Av. España, en el acceso al recinto portuario.

- El tramo de la Ruta F-66, desde su intersección con la Ruta 68, Santiago - Valparaíso, hasta su intersección con calle Tamaya (Km. 2.1. de la bajada por Agua Santa).

- El nuevo tramo de la Ruta F-66, comprendido entre Rodelillo, El Salto y el Trébol de Villa Dulce.

- El tramo de la Ruta 60-CH y la Ruta F-528, comprendido entre el Trébol de Villa Dulce y las instalaciones de la Empresa Nacional del Petróleo, ENAP, en Con-Con, a través de la Rotonda Achupallas.

- El tramo de la Ruta 60-CH, desde las instalaciones de la Empresa Nacional del Petróleo, ENAP, en Con-Con, hasta el límite del área intercomunal de Valparaíso, a través del nuevo trazado Con-Con - Tabolango.

    2.- Las siguientes vías que se conectan con la Ruta 68, Santiago - Valparaíso:

- Camino La Pólvora, desde el acceso sur a Placilla en la Ruta 68, Santiago - Valparaíso, hasta el límite urbano de Valparaíso en Quebrada Verde, a través del área urbana de Placilla y de las Rutas F-720, F-730 y F-724.

- Camino a Laguna Verde, desde Quebrada Verde hasta la Ruta F-730, a través de la Ruta F-98-G.
- Camino Cuesta Balmaceda, desde Laguna Verde hasta el Camino La Pólvora, a través de la Ruta F-730.

    3.- El nuevo tramo de la Ruta 62, comprendido entre el Trébol de Villa Dulce y el límite Oriente del área intercomunal, en el sector El Carmen, a través, del By Pass Quilpué-Villa Alemana.

    4.- El tramo de la Ruta F-30-E, desde su intersección con la Ruta 60-CH hasta el límite Norte del área intercomunal, y la Ruta F-210 que lo une con el límite urbano de la comuna de Quintero.

    2°. Decláranse Caminos Públicos en las áreas urbanas de las comunas de San Antonio, Cartagena, El Tabo, El Quisto, Algarrobo y de Los Andes, las vías que a continuación se señalan en los tramos que se indican:

A) SAN ANTONIO

- El tramo urbano de la Ruta 78. comprendido entre el límite urbano Oriente de dicha ciudad y la bifurcación en Balmaceda y Centenario.

- El tramo de la nueva vía de acceso al Puerto de San Antonio, comprendido entre el límite urbano Oriente de dicha ciudad y el Recinto Portuario, a través de Av. Circunvalación Barrancas y calles 10 Sur, Angamos y O'Higgins.

B) CARTACENA

- El tramo urbano de la Ruta F-98-G, comprendido entre el límite urbano Oriente de dicha ciudad, sector de San Sebastián, y el límite urbano Norte correspondiente.
C) EL TABO

- El tramo urbano de la Ruta F-98-G, comprendido entre el límite urbano Sur y el límite urbano Norte de dicha ciudad.

D) EL QUISCO

- El tramo urbano de la Ruta F-98-G, comprendido entre el límite urbano Sur y el límite urbano Norte de dicha ciudad.

E) ALGARROBO

- El tramo urbano de la Ruta F-98-G, comprendido entre los límites urbanos SurPoniente y Sur-Oriente de dicha ciudad, a través de Av. Capitán Ignacio Carrera Pinto, calle Guillermo Mucke y Av. El Totoral.

F) LOS ANDES

- El tramo de la Ruta 60-CH, Camino Internacional, comprendido entre el límite urbano Oriente y la intersección de la Av. Argentina - Oriente con calle General del Canto y el tramo de esa misma vía, desde la intersección de la Av. Argentina Poniente con calle Tres Carreras hasta el límite urbano Poniente, a través de la calle San Rafael.

- El tramo de la Ruta 57-CH, comprendido entre el límite urbano Sur de dicha ciudad y la Ruta 60-CH, Camino Internacional, a través de la Av. Progreso.

    3°. Establécese que en las ciudades capitales de provincia de la V Región, de Valparaíso, sólo son Caminos Públicos, las vías urbanas que se han declarado como tales, en el presente decreto.

    4°. Declarantes Caminos Públicos en la V Región, de Valparaíso, todos los tramos urbanos ubicados en centros poblados y ciudades, intermedios, no capitales de provincia, de los siguientes Caminos Nacionales y Regionales Principales:

Ruta 68: Santiago - Valparaíso Ruta 5: Longitudinal Norte Ruta 60-CH: Valparaíso - Túnel Cristo Redentor Ruta 78:Santiago - San Antonio Ruta 57-CH:Santiago - Los Andes Ruta F-30-E:Cruce Longitudinal (Quinquimo) - Papudo -
Viña del Mar.
Ruta F-90: Casablanca - Algarrobo Ruta F-74-G:Casablanca - Bollenar - Melipilla. Ruta G-80-I:San Antonio - Litueche - Alcones Ruta E-39:Cruce Longitudinal (Quínquimo) - La Ligua. Ruta E-35:Cruce Longitudinal (Quebradilla) - La Ligua - Petorca.
Ruta E-46:Cruce Longitudinal (Catapilco) - La Laguna. Ruta E-85: Los Andes - San Felipe Ruta E-89: San Felipe - Rinconada "Túnel" Chacabuco.

    5°. La tuición que el Ministerio de Obras Públicas tendrá sobre las vías anteriormente señaladas, comprende la totalidad del espacio entre las líneas oficiales establecidas por los Planes Reguladores Intercomunales, Comunales o Seccionales.

    6°. Deróganse las declaraciones de Caminos Públicos referidas a vías ubicadas dentro de los límites urbanos de todas las comunas de la V Región, de Valparaíso, establecidas con anterioridad al presente decreto.

    7°. Establécese que la construcción y conservación de las obras de Pavimentación, en los Caminos Públicos señalados en el presente decreto, es de responsabilidad del Ministerio de Obras Públicas. Para el resto de las vías urbanas, de la V Región, de Valparaíso, dicha responsabilidad corresponderá al Servicio Regional de Vivienda y Urbanización respectivo.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Bruno Siebert Held, Brigadier General, Ministro de Obras Públicas.- Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Nidia Grossi Guaita, Secretario General