APRUEBA PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO PARA ATENDER NIÑOS CON TRASTORNOS DE LA COMUNICACION
    Núm. 86 exento.- Santiago, 5 de Marzo de 1990.- Visto: Lo dispuesto en los decretos supremos de Educación N°s. 2.039 y 9.555, ambos de 1980; Resolución N° 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

    Decreto:



NOTA
      El Artículo 5 del Decreto 83 Exento, Educación, publicado el 05.02.2015, dispone que la presente norma, continuará vigente sólo en lo que se establece para el ciclo o nivel de formación laboral y hasta la total tramitación del acto administrativo que apruebe los criterios y orientaciones de adecuación curricular para la educación media.
    Artículo 1°: Apruébase a contar de la fecha publicación del presente decreto los siguientes Planes y Programas de Estudio para alumnos con Trastornos de la Comunicación que serán aplicados en Escuelas Especiales y cursos específicos insertos en establecimientos educacionales declarados Cooperadores de la Función Educacional del Estado:
A. PLAN DE ESTUDIO
              TRASTORNOS DE LA COMUNICACION

_______________________________________________________
                | SECUNDARIO                          |
                |-------------------------------------|
      Nivel      | Pre-Básico      |Básico    |Laboral|
                |-----------------|-- --------|-------|
      Ciclo      | Mater.| 1°  |2° | 1°  | 2°  |      |
                |_______|_____|___|_____|_____|_______|
      Curso      | 1°    |1|2|3|4|5|1|2|3|4|5|6|1|2|3  |
                |_______|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|___|
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  PLAN COMUN    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
Area Desarrollo |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
* Psicomotor    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Psicomotricidad|      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
- Educación    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  Física        |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
- Deporte y    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  Recreación    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
* Cognitiva    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Senso Percep.  |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Comunicación  |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
- Téc.          |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  Instrumental  |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
* Social        |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Habituación    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Sexualidad    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Formación      |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  Moral y        |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  Familiar      |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
* Expresión    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
  Artística      |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Plástica      |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
-Musical        |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
* Vocacional    |      | | | | | | | | | | | | | |  |
                |      | | | | | | | | | | | | | |  |
________________|_______|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|_|___|
  TOTAL          |  10  |32  | 30 |  34    | 34      |
________________|_______|____|____|_________|_________|
  PLAN          |        6        |  4    |  2      |
COMPLEMENTARIO  |                |        |        |
________________|_________________|_________|_________|


_________________________
|PRIMARIO  |PRIM-SECUND|
|___________|___________|
|Pre-Básico | Básico    |
|___________|___________|
| 1°    |2°|  1°|2°  |
|________|__|    |    |
|1°|2°|3°|4°|    |    |
|__|__|__|__|_____|_____|
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|  |  |  |  |    |    |
|__|__|__|__|_____|_____|
|  10  |20|  6 | 4  |
|________|__|_____|_____|
|      3    |    3    |
|___________|___________|

OBJETIVOS GENERALES
    1.- De los Planes:
    1.1 Plan Común:
    - Propender a la integración social, escolar y laboral del alumno con trastornos de la comunicación primarios o secundarios, a través de la habilitación y/o rehabilitación de las habilidades comunicativas, mediante las estimulación de las diferentes áreas de desarrollo, asignaturas y actividades formuladas con una carga horaria determinada para cada nivel, ciclo y curso.
    1.2 Plan Complementario:
    -Propender a la habilitación, compensación y rehabilitación de aspectos deficitarios a través de la atención especializada de carácter pedagógico, fonoaudiológico, psicológico, kinésico, terapéutico ocupacional y médico con fines remediales, a aquellos alumonos que lo requieran.
    2.- De los Niveles:
    2.1 Trastornos Secundarios
    2.1.1 Nivel Pre-Básico:
    - Lograr el desarrollo de las potencialidades del alumno, mediante la estimulación de las áreas psicomotora, cognitiva, social y artística.
    - Favorecer el desarrollo personal, a fin de facilitar su independencia social y escolar.
    - Informar y orientar al grupo familiar sobre la problemática del niño, para motivar y lograr su participación activa en el proceso habilitador y/o rehabilitador.
    2.1.2 Nivel Básico:
    - Desarrollar el manejo de habilidades comunicativas y de técnicas instrumentales de acuerdo a sus potencialidades.
    - Favorecer la atención integral, acentuando la orientación vocacional a los alumnos con trastorno secundario de lenguaje.
    - Desarrollar y fortalecer la autoestima, seguridad e independencia personal para facilitar la integración funcional a la vida social.
    - Estimular la participación activa del grupo familiar en las acciones educativas propiciadas por la Escuela.
    2.1.3 Nivel Laboral:
    - Favorecer la adquisición de aprendizajes que posibiliten la formación del joven para incorporarse a la vida laboral.
    - Promover conductas y actitudes adecuadas para lograr un buen desempeño laboral.
    - Orientar y colaborar con el grupo familiar en la búsqueda de alternativas laborales acordes a las características del alumno.
    2.2 Trastorno Primario:
    2.2.1 Nivel Pre-Básico:
    - Favorecer el normal desarrollo del lenguaje mediante un programa de tratamiento especializado que permita la incorporación posterior del niño al sistema escolar regular.
    - Favorecer el desarrollo personal a fin de facilitar su independencia social y escolar.
    - Informar y orientar, al grupo familiar sobre la problemática del niño para motivar y lograr su participación activa en el proceso habilitador y/o rehabilitador.
    2.3 Trastornos Primarios y Secundarios:
    - Habilitar el educando mediante la aplicación de un tratamiento específico para lograr un adecuado proceso comunicativo, que le permita la continuidad y progreso en el sistema regular de enseñanza.
    3.- De los Ciclos:
    3.1 Trastornos Secundarios:
    3.1.1 Ciclo Maternal:
    - Proporcionar la estimulación necesaria para lograr un adecuado desarrollo neurofisiológico, efectivo y perceptivo motriz en niños de hasta 2 años de edad cronológica,
    3.1.2 Primer Ciclo Pre-Básico:
    - Proporcionar atención especializada y sistemática con énfasis en las áreas psicomotor, cognitivo y social.
    3.1.3 Segundo Ciclo Pre-Básico:
    - Estimular al máximo las diferentes áreas de desarrollo especialmente las habilidades comunicativas funcionales de acuerdo a las características y capacidades del niño, a fin de orientar su continuidad escolar.
    3.1.4 Primer Ciclo Básico:
    - Propender al desarrollo integral del niño enfatizando las habilidades comunicativas y la adquisición de las técnicas instrumentales básicas.
    3.1.5 Segundo Ciclo Básico:
    - Lograr el desarrollo de habilidades y destrezas en el joven, con el objeto de orientar su posterior capacitación laboral.
    3.1.6 Ciclo Laboral:
    - Capacitar laboralmente al joven con una edad cronológica mínima de 15 años, de acuerdo a sus capacidades y habilidades, que le permita ser autosuficiente.
    3.2. Trastorno Primario:
    3.2.1. Primer Ciclo Pre-Básico:
    - Estimular integralmente al niño entre 2 y 6 años de edad cronológica para lograr un adecuado desarrollo lingüístico en sus procesos receptivos y expresivo.
    3.2.2. Segundo Ciclo Pre-Básico.
    - Afianzar prioritariamente entre 6 y 8 años de edad cronológica el desarrollo lingüístico y las conductas requeridas para enfrentar con éxito las exigencias planteadas por la Enseñanza General Básica.
    3.3. Trastorno Primario y Secundario:
    3.3.1. Ciclo Básico de Apoyo.
    - Proporcionar atención especializada principalmente en las áreas del lenguaje oral, a los alumnos que lo requieran.
    4.- De las Areas de Desarrollo:
    4.1. Psicomotor:
    - Favorecer el desarrollo psicomotor, mediante actividades físicas, deportivas y recreativas.
    4.2. Cognitivo:
    - Desarrollar los procesos cognitivos a través de la sensopercepción la comunicación que conlleven a un manejo eficiente de las técnicas instrumentales básicas.
    4.3. Social:
    - Favorecer el desarrollo bio-psico-social del alumno para una adecuada interacción con su entorno.
    4.4. Expresión Artística:
    - Estimular las capacidades creadoras que le permitan la expresión de sentimientos y emociones favoreciendo el desarrollo integral del alumno.
    4.5. Vocacional:
    - Desarrollar habilidades y destrezas que permitan la identificación de intereses vocacionales para la posterior capacitación.

    Artículo 2°: Las Clases del Plan de Estudios de los Trastornos Secundarios de la Comunicación tendrán una duración de 35 minutos para los ciclos maternal y primer ciclo del Nivel Pre-Básico y de 45 minutos para el segundo ciclo de nivel Pre-Básico, Básico y Laboral.
    Las clases del Plan de Estudios de los Trastornos Primarios de la Comunicación y Primarios y Secundarios establecidas serán de 60 minutos, las que podrán ser distribuidas de acuerdo a las características de los alumnos.
    La duración de las clases establecidas anteriormente incluyen 5 minutos, dedicados a descanso, los que podrán ser distribuidos de acuerdo a las características de los alumnos y a la naturaleza de las actividades.
    El curso 4 trastornos primarios tendrá una carga horaria global de 20 horas cronológicas semanales distribuidas de acuerdo a las características de los alumnos y a la naturaleza de las actividades.
    Artículo 3°: Podrán integrarse áreas de desarrollo con objetivos afines, considerando las características y necesidades de los educandos previa información a la Dirección Provincial de Educación que corresponda.
    Artículo 4°: Los alumnos cuyas características de aprendizaje y habilidades lingüísticas lo permitan, deberán integrarse a la enseñanza regular, pudiendo o no recibir apoyo especializado paralelo en la Escuela de Trastornos de la Comunicación, o asistir a cursos específicos insertos en establecimientos educacionales.
    Los alumnos que por la severidad de su trastorno no puedan integrarse a la enseñanza regular podrán continuar su escolaridad en la Escuela Especial la que aplicará los planes, programas y evaluación vigentes haciendo las adecuaciones metodológicas pertinentes.
    Artículo 5°: La permanencia del alumno en cada curso del plan de estudio del presente decreto podrá o no corresponder al año lectivo, pudiendo variar para cada alumno de acuerdo a su ritmo de aprendizaje.

    Artículo 6°: Para dar cumplimiento al Plan de Estudio que aprueba el presente decreto, las formas de atención de los alumnos se ajustarán a las siguientes modalidades:
    a) Cada curso estará formado por un máximo de 8 alumnos en los niveles Pre-Básico y Básico, tanto para los Trastornos Primarios como Secundarios, dado que requieren el uso de la vía visual como compensación.
    b) El nivel laboral y el curso 4 de Trastornos Primarios estarán constituidos por cursos de 15 alumnos como máximo.
    c) En el Ciclo Maternal los alumnos podrán ser atendidos individualmente o en grupo de hasta 3 niños en forma rotativa o itinerante.
    d) Los cursos del Nivel Laboral podrán funcionar independientemente cada uno o en talleres combinados, cuya matrícula no podrá exceder de 15 alumnos.
    Artículo 7°: La evaluación educacional, el ingreso, el progreso escolar y egreso de los alumnos se regirá por las siguientes normas:
    1.- La evaluación debe realizarse en forma permanente registrándose en términos cualitativos, de acuerdo al nivel alcanzado por el alumno en las diferentes áreas de desarrollo.
    La valorización funcional de los aprendizajes será registrada en conceptos, de acuerdo a la siguiente escala:
- Objetivo Logrado              (L)
- Objetivo en Desarrollo        (OD)
- Objetivo No Logrado          (NL)
    2.- Al finalizar cada trimestre o semestre se emitirá un informe cualitativo de los progresos alcanzados por el alumno.
    3.- Los alumnos que estén en condiciones de integrarse al Sistema regular de enseñanza serán derivados con un certificado emitido por el establecimiento de origen que indique el curso al cual deberá ser incorporado.
    4.- El ingreso a la Escuela de Trastorno de la Comunicación o la reubicación en los diferentes cursos o niveles del presente Plan de Estudio, estará respaldado por el diagnóstico fonoaudiológico y pedagógico, el cual podrá ser integrado con el de profesionales: médico, psicólogo, kinesiólogo, asistente social u otros dependiendo de la patología espacífica que presente el alumno.
    5.- Las reevaluaciones permitirán la movilidad de los alumnos dentro del Plan de Estudio.
    6.- Al egreso del nivel laboral, el alumno obtendrá una certificación otorgada por el establecimiento en que acreditará la capacitación laboral alcanzada.

    Artículo 8°: El establecimiento que desee ofrecer programas de nivel maternal curso 4 Trastornos Primario y/o se interese en proporcionar a sus alumnos aprendizajes orientadores a la capacitación laboral, deberá presentar a la Secretaría Regional Ministerial que corresponda una solicitud que contenga una relación de los recursos materiales y pedagógicos con que se cuenta para impartir estos programas.
    En los cursos talleres a nivel laboral, los alumnos podrán realizar períodos de práctica supervisada, actividad que deberá ser designada en el proyecto educativo del establecimiento.

    Artículo 9°: El Plan de Estudios que aprueba el presente decreto está destinado a alumnos que cumplan los siguientes requisitos:
    a) Presentar trastorno de la comunicación oral primario o secundario debidamente diagnosticado.
    b) Tener edad cronológica entre 0 y 21 años, distribuyéndose por niveles según la siguiente tabla:
    Trastorno Secundario:
    - Nivel Pre-Básico, Ciclo Maternal de 0 a 2 años.
    - Nivel Pre-Básico y Básico de 2 a 15 años.
    - Nivel Laboral de 15 a 24 años.
    Trastorno Primario:
    - Nivel Pre-Básico de 2 a 8 años, incluyendo curso
4.
    - Trastorno Primario-Secundario:
    - Ciclo Básico de 8 a 24 años.
    c) Las edades cronológicas mencionadas en la letra b) del presente artículo proporcionan un marco de referencia que podrá ser flexibilizado de acuerdo a las características del diagnóstico y conductas de entrada del alumno al ingreso al establecimiento. Su permanencia en el nivel dependerá de los logros alcanzados y su maduración.

    Artículo 10°: El presente Plan de Estudios podrá atender alumnos de hasta 24 años para aquellos con trastornos secundarios secundarios y de hasta 8 años para los alumnos con trastornos primarios.
    La permanencia de los alumnos adscritos al plan primario-secundario dependerá la naturaleza y severidad del trastorno y de las posibilidades de rehabilitación.
    Artículo 11°: El Plan Complementario estará destinado a los alumnos que requieran una atención más intensiva en las diferentes áreas de desarrollo. La atención podrá ser individual o en grupos de hasta 3 alumnos, asignándoles de 6 a 2 horas cronológicas semanales de acuerdo a cada nivel, ciclo o curso.
    La atención del Profesional Fonoaudiológico deberá ser individual con una carga horaria semanal no inferior a 1 hora cronológica por alumno, distribuida de acuerdo a las necesidades.

    Artículo 12°: Los programas de estudio correspondientes a las asignaturas y actividades del plan común que aprueba el presente decreto, se ajustarán a los siguientes objetivos:
    I. AREA PSICOMOTOR: Comprende Psicomotricidad, Educación Física Deporte y Recreación.
    Objetivo General:
    1.- Psicomotricidad. Lograr que el alumno adquiera dominio gradual de su entorno físico y social mediante la adquisición de conductas psicomotoras.
    Objetivos Específicos:
    1.- Desarrollar conductas motrices con el fin de lograr un adecuado conocimiento, organización y dominio corporal.
    2.- Favorecer el desarrollo de la conducta perceptivo motrices que permitan una buena organización y estructuración témporo espacial.
    3.- Desarrollar y afianzar las conductas neuromotrices referidas a tono y lateralidad.
    4.- Desarrollar la función corporal a fin de proporcionar al educando dominio sobre su cuerpo, coordinando adecuadamente sus movimientos y estableciendo una relación con el espacio que lo rodea.
    5.- Desarrollar las percepciones visuales, auditivas, kinestésicas y hápticas, favoreciendo la relación multisensorial.
    Objetivo General:
    2.- Educación Física, Deportes y Recreación. Desarrollar un equilibrio armónico del aspecto biosicofísico mediante la práctica de actividades deportivas, recreativas, artística y social.
    Objetivos Específicos:
    1.- Lograr dominio de su cuerpo a través de actividades de coordinación general y específica.
    2.- Favorecer y mantener una adecuada postura.
    3.- Lograr una actitud positiva en las prácticas educativas, físicas y de integración social.
    4.- Conocer y apreciar los valores nacionales a través de expresiones folklóricas.
    5.- Propiciar las prácticas de actividades físicas deportivas de acuerdo a sus aptitudes e intereses.
    6.- Conocer y aplicar los principios de salud e higiene.
    II.- AREA COGNITIVA: Comprende Sensopercepción, Comunicación y Técnicas Instrumentales.
    1.- Sensopercepciones.
    Objetivo General:
    - Estimular el desarrollo sensoperceptivo favoreciendo los procesos cognitivos básicos para el aprendizaje.
    - Objetivos Específicos:
    a) Estimular y desarrollar las diferentes vías perceptivas.
    b) Estimular la discriminación multisensorial.
    c) Lograr el manejo del proceso analítico-sintético empleando la vía visual y táctil.
    d) Estimular y vivenciar noción y secuencia témporo-espacial por vía visual, auditiva y kinestésica.
    e) Desarrollar memoria viso-auditiva kinestésica.
    2.- Comunicación.
    Objetivo General:
    - Favorecer la adquisición de un sistema de comunicación verbal o no verbal que facilite el desarrollo de las potencialidades e integración familiar, escolar y social.
    Objetivos Específicos:
    a) Desarrollar habilidades de comunicación verbal y no verbal.
    b) Estimular el lenguaje interior, comprensivo y expresivo, desarrollando una adecuada competencia lingüística.
    c) Estimular y desarrollar técnicas no verbales de comunicación.
    d) Desarrollar patrones fonoarticulatorios que le permitan una adecuada expresión oral.
    e) Desarrollar habilidades, destrezas lingüíticas que permitan la adquisición de los contenidos de la Educación Regular.
    f) Estimular los procesos cognitivos que lleven a desarrollar pensamiento y lenguaje.
    3.- Técnicas Instrumentales.
    Objetivo General:
    - Desarrollar habilidades para el reconocimiento, interpretación y manejo de símbolos gráficos del lenguaje referidos a lectura, escritura y cálculo.
    Objetivos Específicos:
    - Lograr la adquisición del proceso lecto-escritura funcional.
    - Desarrollar habilidades que le permitan comprender los mecanismos de las operaciones aritméticas y su aplicación.
    III. AREA SOCIAL: Comprende Habituación, Sexualidad, Formación Moral y Familiar.
    Objetivos Generales:
    - Favorecer el desarrollo biopsicosocial de los educandos, para un adecuado desenvolvimiento en la vida familiar, escolar y social.
    - Lograr una formación integral de la personalidad del sujeto, en base a valores que consideren las normas morales de la sociedad.
    Objetivos Específicos:
    - Favorecer la independencia y seguridad personal.
    - Desarrollar hábitos de comportamiento social.
    - Desarrollar valores y conductas, y fomentar una adecuada expresión de su sexualidad.
    - Valorar el significado personal y social del amor.
    - Favorecer el desarrollo de la autoestima.
    - Fomentar el respeto por los valores patrios y los
bienes naturales, culturales y sociales.
    IV. AREA EXPRESION ARTISTICA: Comprende Plástica y Música.
    Objetivo General:
    - Propender a la formación integral del niño y adolescente a través de la valoración, creación plástica y musical, en que se expresen sentimientos, emociones y vivencias.
    - Objetivos Específicos:
    Plástica.
    - Desarrollar la capacidad de observar, apreciar y disfrutar la belleza del mundo que lo rodea.
    - Desarrollar las potencialidades artístico y creadores a través de la expresión plástica mediante el uso de diferentes técnicas y materiales.
    Música.
    - Desarrollar la sensibilidad auditiva para expresarse musicalmente.
    - Desarrollar la comunicación a través de la expresión vocal, instrumental y corporal mediante un repertorio adecuado a su etapa de desarrollo y a sus intereses.
    V. AREA VOCACIONAL.
    Objetivos Generales:
    - Desarrollar habilidades y destrezas para el manejo de materiales, elementos y herramientas usadas en la aplicación de diversas técnicas.
    - Explorar intereses y habilidades vocacionales para orientar hacia una adecuada capacitación laboral.
    Objetivos Específicos:
    - Desarrollar habilidades a través de técnicas manuales básicas.
    - Aplicar técnicas manuales básicas combinando diversos materiales y procedimientos en trabajos sencillos.
    - Propiciar la manifestación de conductas sociales necesarias en un ambiente de trabajo, que favorezcan un adecuado desempeño laboral.
    - Conocer y respetar normas de seguridad y prevención de accidentes.

    Artículo 13°: De acuerdo al diagnóstico y características de los alumnos que se atienden, se determinará el Plan de Estudio y los objetivos del programa que aprueba el presente decreto, así como la metodología a emplear.

    Artículo 14°: Los niveles primarios y secundario básico 1° y 2° con cargas horarias de 6 y 4 clases respectivamente constituyen grupos diferenciales que se entienden incorporados en los cursos comunes.
    Artículo 15°: Derógase el Decreto Supremo Exento de Educación N° 148/80 que aprueba planes y programas de estudio para alteraciones del lenguaje oral y Decreto Supremo Exento de Educación N° 15/81 que aprueba planes y programas de educación diferencial de trastornos auditivos.

    Artículo transitorio: No obstante lo establecido en el artículo primero del presente decreto, los planes aprobados podrán aplicarse gradualmente durante el primer semestre del presente año escolar, hasta alcanzar su plena vigencia en el segundo semestre.

    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, René Salamé Martin, Ministro de Educación Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- María Sixtina Barriga Guzmán, Subsecretaria de Educación Pública.