OTORGA A DISTRIBUIDORA CHILECTRA METROPOLITANA S.A. CONCESION DEFINITIVA PARA HACER SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA REGION METROPOLITANA
Núm. 210.- Santiago, 27 de Junio de 1989.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 28° del DFL No.
1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley No.
18:410,
Decreto:
Artículo 1°.- Otórgase a la Distribuidora Chilectra Metropolitana S.A., concesión definitiva para establecer, operar y explotar, en la Región Metropolitana, las instalaciones de servicio público de distribución de energía eléctrica que se individualizan más adelante a través de los planos respectivos.
Artículo 2°.- El objetivo de estas instalaciones será absorber el crecimiento de la demanda de energía eléctrica en la Región Metropolitana, en la parte externa a la zona geográfica de concesión.
Artículo 3°.- El presupuesto del costo de las obras ascenderá a $ 138.433.000.
Artículo 4°.- Copias de los planos generales de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Artículo 5°.- Autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.
Artículo 6°.- La zona de concesión comprenderá una franja de 100 metros circundantes a todas las líneas de distribución priMaría y secundaria, sean aéreas o subterráneas, las cuales están individualizadas en el Plano CMD-14088 Rev, 2 y en los siguientes planos complementarios:
A.- Planos de instalaciones de distribución aéreas y subterráneas del distrito No. 1 ubicadas fuera de la zona geográfica de concesión.
D.D. 001 Rev. 1 Ubicación Geográfica de Planos de Distribución PriMaría y Secundaria en Distrito No. 1. Distribución PriMaría Rural 22 Kv
Zona Comuna Plano
91 Rev. 17 Polpaico 1ra. Parte LXF-12200
92 Rev. 25 Polpaico 2da. Parte LXF-12201
Distribución PriMaría Rural 12 kV
Zona Comuna Plano
89 Rev.45 Colina LXF-12196
90 Rev.29 Lampa LXF-12197
Distribución PriMaría 12 kV (Sistema Modular)
Módulos
2750 Rev. 2 3352 Rev. 0 3646 Rev. 4
3066 Rev. 1 3350 Rev. 1 3644 Rev. 4
3064 Rev. 1 3348 Rev. 0 3642 Rev. 0
3058 Rev. 0 3344 Rev. 0 6062 Rev. 0
3056 Rev. 1 3666 Rev. 4 6366 Rev. 1
3050 Rev. 1 3664 Rev. 2 6664 Rev. 2
3366 Rev. 3 3662 Rev. 3 6662 Rev.17
3364 Rev. 1 3660 Rev. 0 6964 Rev. 1
3362 Rev. 1 3658 Rev. 1 6962 Rev. 9
3360 Rev. 3 3656 Rev. 1 6960 Rev. 8
3358 Rev. 4 3654 Rev. 2 6958 Rev. 0
3356 Rev. 2 3652 Rev. 8 7258 Rev. 0
3354 Rev. 0 3650 Rev. 0 7260 Rev. 0
Distribución Secundaria 380/220 V
Zona Comuna Plano
39 Rev. 38 LXF-12083
51 Rev. 6 LXF-12055
52 Rev. 5 LXF-12056
53 Rev. 6 LXF-12054
55 Rev. 30 LXF-12094
56 Rev. 26 LXF-12175
59 Rev. 10 LXF-12138
60 Rev. 2 LXF-12144
62 Rev. 15 LXF-12145
81 Rev. 4 LXF-12218
82 Rev. 15
85 Rev. 8 Colina
86 Rev. 8 Lampa 1ra. Parte
87 Rev. 4 Lampa 2da. Parte
88 Rev. 7 Til-Til
B.- Planos de instalaciones de distribución aéreas o subterráneas de los distritos No. 4 y No. 6, ubicados fuera de la zona geográfica de concesión.
Distribución Primaria 12 kV
DTA-01 Sistema Unilineal Distrito 4-6 (4
láminas)
LXF-307 San Bernardo Curacaví
Distribución Primaria 12 kV, y Secundaria 380/220 V
Zona N° Denominación Reemplaza
Nombre Comuna
Plano
1-4 Rev. 1 Curacaví-Zapata LXF-139
Curacaví
2-4 Rev. 1 La Viña LXF-136
Curacaví
3-4 Rev. 1 Alhué LXF-136
Curacaví
4-4Rev. 1 Curacaví LXF-136
Curacaví
5-4Rev. 1 Cuyuncavi LXF-136
Curacaví
6-4 Rev. 1 Curacavi-Lolenco LXF-137
Curacaví
8-4 Rev. 1 Lolenco LXF-137/138
Curacaví
9-Rev. 1 Cerrillos LXF-138
Curacaví
10-6 Rev.1 Santa Mónica LXF-142
Peñaflor
11-6 Rev.1 Bajos de Santa Cruz LXF-142
Peñaflor
14-6 Rev.1 Peñaflor LXF-110
Peñaflor
22-6 Rev.1 Talagante LXF-111
Talagante
26-6 Rev.1 Pueblo Lonquén LXF-114
Talagante-Isla
de Maipo
29-6 Rev.1 Colonia Lonquén LXF-130
Talagante-Isla
de Maipo
30-6 Rev.1 Naltahua LXF-130 Isla
de Maipo
Talagante
32-6 Rev.1 Miraflores LXF-130/114 Isla
de Maipo
33-6 Rev.1 Puntilla de Lonquén LXF-114 Isla
de Maipo
34-6 Rev.1 Isla de Maipo LXF-113 Isla
de Maipo
35-6 Rev.1 La Villa LXF-113 Isla
de Maipo
36-6 Rev.1 Las Mercedes LXF-135 Isla
de Maipo
90-4 Rev.1 El Canelo LXF-122 San José
de Maipo
92-4 Rev.1 San José de Maipo LXF-123 San José
de Maipo
94-4 Rev.1 San Alfonso LXF-123 San José
de Maipo
95-4 Rev.1 San Gabriel LXF-124 San José
de Maipo
97-4 Rev.1 Rio Yeso San José
de Maipo
98-4 Rev.1 El Romeral LXF-124 San José
de Maipo
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Referencias:
CMD-14084 Rev. 1 Zona de concesión de Curacaví.
CMD-14085 Rev. 1 Zona concesión de San José de Maipo.
CMD-14086 Rev. 1 Zona concesión de Isla de Maipo.
CMD-14087 Rev. 1 Zona concesión de Región Metropolitana.
CMD-14088 Rev. 2 Zona concesión de Líneas Eléctricas del Sistema de Transmisión y Distribución de Chilectra Metropolitana S.A.
CMD-16108 Deslindes a la zona geográfica de concesión.
Artículo 7°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes oque se dicten en el futuro sobre la materia.
Artículo 8°.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.
Artículo 9°.- El plazo para la iniciación de las obras es de 30 días, a partir de la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, y el plazo para su terminación será de 1 año, a contar de la fecha de iniciación de los trabajos.
Los plazos para la terminación por etapas serán los siguientes:
- Trazado y replanteo: 2 meses
- Instalación estructuras: 4 meses
- Tendido de conductores e instalación de equipos: 4 meses
- Puesta en Servicio: 2 meses.
Artículo 10°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de 30 días contados desde su publicación en d Diario Oficial, en una Notaría Pública del Departamento de Santiago.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Pablo Baraona Urzba, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Norman Bull de la Jara, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.