OTORGA A LA EMPRESA ELECTRICA DE MAGALLANES S.A. (EDELMAG S.A.) CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA REGION DE MAGALLANES
Núm. 111.- Santiago, 12.04.89.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 28° del DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley No. 18.410,
Decreto:
Artículo 1°.- Otórgase a la Empresa Eléctrica de Magallanes S.A. (EDELMAG S.A.), concesión definitiva para establecer, operar y explotar, en la Región de Magallanes, provincia de Magallanes y Ultima Esperanza, comunas de Punta Arenas y Puerto Natales, las instalaciones de servicio público de distribución de energía eléctrica, de su propiedad, que se individualizan a continuación a través del nombre del proyecto, su ubicación y planos respectivos:
REGION DE MAGALLANES
PROVINCIA DE MAGALLANES
COMUNA DE PUNTA ARENAS
Línea de alta tensión Plano N°
Extensión línea Conjunto Habitacional El Golf - ENAP EEMG 28-84
Extensión línea Villa Las Nieves EEMG 24-85
Extensión línea interconexión R. Carnicer - Independencia EEMG 35-85
Extensión línea parcelas en prolongación Gral. del Canto EEMG 40-85
Extensión línea parcelas Villa Andrea EEMG 04-86
Extensión línea parcelas en Km. 11,5 Norte, Ruta No. 9 EEMG 07-86
Extensión línea parcelas en Km. 12 Norte, Ruta No. 9 EEMG 34-86
Extensión línea parcelas en prolongación Ignacio Carrera
Pinto EEMG 35-86
Extensión línea parcelas en Loteo La Cruz, Km. 13,5 Norte EEMG 01-87
Extensión línea Parque Industrial Tres Puentes, 1ª etapa EEMG 11-87
Extensión línea parcelas en Km. 15 Norte, Ruta 9 EEMG 18-87
Extensión línea parcelas loteo Leña Dura, Km. 8,5 Sur EEMG 38-87
Extensión línea parcelas en Km. 15 Norte, 3ª etapa EEMG 40-87
Redes de baja tensión
Extensión Conjunto Habitacional El Golf - ENAP EEMG 28-84
Extensión Conjunto Habitacional Costanera Norte,
1ª etapa EEMG 22-85
Extensión Villa Las Nieves EEMG 24-85
Extensión Loteo El Desecho, Km. 10,5 Norte EEMG 26-85
Extensión parcelas en prolongación Gral. del Canto EEMG 40-85
Extensión parcelas en Villa Andrea EEMG 04-86
Extensión parcelas en Km. 11,5 Norte, Ruta No. 9 EEMG 07-86
Extensión parcelas en Km. 12 Norte, Ruta No. 9 EEMG 34-86
Extensión parcelas en prolong. Ignacio Carrera Pinto EEMG 35-86
Extensión parcelas en Loteo La Cruz, Km. 13,5 Norte EEMG 01-87
Extensión Villa El Bosque, 4ª etapa EEMG 08-87
Extensión Parque Industrial Tres Puentes, 1ª etapa EEMG 11-87
Extensión parcelas en Km. 15 Norte, Ruta No. 9 EEMG 18-87
Extensión población Pedro Aguirre Cerda, 3ª etapa EEMG 35-87
Extensión parcelas loteo Leña Dura, Km. 8,5 Sur EEMG 38-87
Extensión parcelas en Km. 15 Norte, 3ª etapa EEMG 40-87
REGION DE MAGALLANES
PROVINCIA DE ULTIMA ESPERANZA
COMUNA DE PUERTO NATALES
Línea de alta tensión
Extensión línea Loteo Torres del Paine EEMG 23-85
Extensión línea Huertos Familiares, sectores 1 y a EEMG 06-86
Extensión línea Huertos Familiares, 2a etapa EEMG 09-87
Extensión línea Huertos Familiares, 3a etapa EEMG 29-87
Redes de baja tensión
Extensión Loteo Torres del Paine EEMG 23-85
Extensión Huertos Familiares, sectores 1 y 2 EEMG 06-86
Extensión Huertos Familiares, 2ª etapa EEMG 09-87
Extensión Huertos Familiares, 3ª etapa EEMG 29-87
Todas las obras han sido ejecutadas. Las obras contenidas en los planos EEMG 08-87, 09-87, 11-87, 18-87, 35-87, 38-87 y 40-87, se ejecutaron previo permiso otorgado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles mediante las resoluciones exentas N°s. 410, 532, 789, 1.002 y 111, de fechas 10.06.87, 24.07.87 28.10.87, 15.12.87 y 12.02.88, respectivamente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29° del DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería. Los trabajos de todas las obras se encuentran concluidos.
Artículo 2°.- El objetivo de estas instalaciones es el de dar servicio público de distribución de energía eléctrica en las comunas anteriormente señaladas.
Artículo 3°.- El presupuesto del costo de las obras ascendió a $ 81.619.788, sin considerar el valor de las obras de propiedad municipal.
Artículo 4°.- Copias de los planos generales de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Artículo 5°.- Sobre los predios que más adelante se indican se han establecido servidumbres voluntarias según consta en las escrituras públicas N°s. 20, 19, 22, 21 y 18, respectivamente, todas de fecha 26.01.88, otorgadas ante el Notario de Ultima Esperanza don Roberto Gómez Gómez.
Propietario Nombre del predio
José Edgardo Colivoro Catepillán Huerto Familiar No. 47
Adela Catipillán Rain Huerto Familiar No. 52
Sergio Rubén Busolich González Huerto Familiar No. 59
Deliria del Carmen Silva Vargas Huerto Familiar No. 250
Eva Elba Lagos García Huerto Familiar No. 267
Artículo 6°.- Autorizase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras lineas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.
Artículo 7°.- La zona de concesión comprenderá una franja de 100 metros circundantes a todas las líneas de alta y baja tensión indicadas en los planos respectivos.
Artículo 8°.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el DFL No. 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
Artículo 9°.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.
Artículo 10°.- El presente decreto deberá reducirse a escritura pública, antes de 30 días contados desde su publicación en el Diario Oficial, en una Notaría Pública del Departamento de Santiago.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Pablo Baraona Urzúa, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Norman Bull de la Jara, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.