Por Resolución Nº. 113, de 29 de Enero de 1991, de esta Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se deniega la autorización solicitada por don AMENCIO MARCELO HERNANDEZ M., R.U.T. No. 9.172.265-8, domiciliado en La Pasada La Chile, Correo de Maullín, Comuna de Maullín, Provincia de Llanquihue, X Región, para prorrogar el plazo de publicación a que se refiere el numeral 4° de la Resolución No. 372, de 1989, de esta Subsecretaría, en atención a lo dispuesto en el artículo 7°, del Decreto No. 175, de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Deniégase, asimismo, la autorización solicitada por el peticionario para que se dicte en su favor una nueva Resolución en los mismo términos que la citada Resolución No. 372, en razón a que el área solicitada se sobrepone al sector pedido por don Fructuoso Paredes Aguilar, solicitud actualmente en tramitación. Cadúcase, en mérito de lo antes señalado y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto No. 175, antes citado, la Resolución No. 372, de 1989, de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 29 de Enero de 1991.- Andrés Couve Rioseco, Subsecretario de Pesca.