CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL EN MATERIAS DE MODERNIZACION DE LA INSTITUCIONALIDAD REGULADORA
Núm. 19.- Santiago, 26 de enero de 1998.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 24, 32 Nº8, y 35 de la Constitución Política de la República.
Considerando:
a) La preocupación prioritaria del Gobierno por alcanzar un desarrollo armónico de la actividad económica enfocada hacia el objetivo de lograr mejores y más estables condiciones de vida para la población.
b) La necesidad de contar con una capacidad reguladora acorde con los cambios estructurales experimentados por nuestra economía.
c) La importancia que para un país en vías de desarrollo como el nuestro tiene el buen uso de sus capacidades, sus recursos humanos, naturales y financieros y la incidencia de lo anterior en la adecuada operación de los mercados.
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Créase la Comisión Presidencial de Modernización de la Institucionalidad Reguladora del Estado, en adelante la Comisión, como Organo Asesor del Presidente de la República, cuya función principal será la de elaborar una propuesta de modernización de las instituciones reguladoras del Estado, con el fin de contribuir al desarrollo eficiente y sustentable de la economía en nuestro país.
Artículo 2º.- La propuesta que elaborará la Comisión estará especialmente orientada hacia la modernización reguladora del Estado enfocada a las siguientes áreas:
- Defensa de la libre competencia
- Servicios Públicos cuyas funciones dicen relación con las telecomunicaciones, la energía y los servicios sanitarios.
- Medio ambiente y recursos naturales renovables.
Artículo 3º.- La Comisión estará integrada por las siguientes personas:
1.- Alejandro Jadresic Marinovic, quien la presidirá.
2.- Gregorio San Martín Ricci.
3.- Vivianne Blanlot Soza.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión podrá invitar a funcionarios de la Administración del Estado así como a representantes del sector privado, si lo estimare conveniente para su buen funcionamiento.
Artículo 4º.- Para el ejercicio de su cometido, la Comisión contará con un Comité de Apoyo Técnico, que será definido por su Presidente.
Artículo 5º.- El Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República prestará el apoyo técnico y administrativo que sea necesario para el funcionamiento de la Comisión.
Artículo 6º.- Las autoridades y directivos de los órganos de la Administración del Estado deberán prestar a la Comisión, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, toda la colaboración que ésta les solicite.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Juan Villarzú Rohde, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Guillermo Pickering de la Fuente, Ministro de Obras Públicas (S).- Sergio Jiménez Moraga, Ministro de Minería.- Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Tegualda Peña Reyes, Jefe División de Administración General Ministerio Secretaría General de la Presidencia.