Artículo 13º: Las personas que no hubieren realizado estudios regulares, que los hubieren efectuado en establecimientos no reconocidos como Cooperadores de la Función Educacional del Estado o en el extranjero en países con los cuales no hubiere Convenio vigente, podrán rendir exámenes de validación de estudios de Educación General Básica y Educación Media Humanístico-Científica. Para tal efecto, presentarán una solicitud al Departamento Provincial deDTO 1023 EXENTO,
EDUCACION
Art. 1° N° 1
D.O. 26.12.2001 Educación respectivo, el cual designará un establecimiento educacional que le administre los exámenes que correspondan.
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Art. 1° N° 1
D.O. 26.12.2001 Educación respectivo, el cual designará un establecimiento educacional que le administre los exámenes que correspondan.
De 1º a 4º año de Educación General Básica consistirá en una evaluación global y de 5º año de Educación General Básica a 4º año de Educación Media consistirá en un examen por cada asignatura.