De cada estado de pago se retendrá un 5% del valor de la etapa ejecutada que le da origen, incluido su reajuste. Estas retenciones no estarán afectas a ningún tipo de reajuste y podrán canjearse por boletas de garantía, o pólizas de seguro, cuyo plazo de vigencia será equivalente al plazo pendiente del contrato, más 12 meses, salvo que en las Bases Administrativas Especiales se señale una vigencia diferente. No se harán retenciones cuando el contratista entregue junto a los estados de pago boletas de garantía o pólizas de seguro, por el 5% del valor de la etapa y su reajuste, a pagar en dicho estado de pago. Estas retenciones, boletas o pólizas servirán como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del cumplimento de todas las obligaciones del contrato hasta la recepción provisoria del total de la obra contratada.