Crea una bonificación por calidad de satisfacción al usuario y establece normas para los funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Esta  bonificación es anual y se otorga a partir del 1 de enero de 2010. Está ligada a la calidad de atención prestada a los usuarios del servicio y será evaluada por una entidad externa, según procedimiento establecido en la norma.

El monto anual que corresponderá a cada funcionario por concepto de la bonificación será el equivalente en unidades de fomento a $813.600, valor que incluye un bono compensatorio. Para estos efectos se considerará la unidad de fomento vigente al 31 de enero de 2009. Este bono se pagará en ocho cuotas mensuales iguales conjuntamente con las remuneraciones correspondientes a los meses de enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre.

El bono compensatorio está destinado a compensar las deducciones por concepto de cotizaciones para pensiones y salud a que está afecta la bonificación.

La norma también entrega un bono no imponible de entre 100 mil y 150 mil pesos por término de conflicto, y faculta al Ejecutivo para modificar la planta directiva del servicio.


    Artículo 5° transitorio.- El mayor gasto que se derive de la aplicación de esta ley durante el año 2009 se financiará con cargo a los ingresos propios que genere el Servicio de Registro Civil e Identificación.".