RECTIFICACIÓN

    En la edición del Diario Oficial Nº 39.275, de 30 de enero del 2009, se publicó decreto Nº 4, que Reglamenta Subsidio Habitacional Extraordinario para la Adquisición de Viviendas Económicas y Préstamos de Enlace a Corto Plazo a las Empresas Constructoras, con el error que se salva a continuación: página trece, segunda columna, en el Artículo 11.- , donde dice: "... , podrán solicitar un crédito hipotecario complementario de hasta 500 unidades de fomento para el financiamiento de la respectiva operación de compraventa, a una institución bancaria o financiera. A estos créditos se aplicará ..." debe decir "... , podrán solicitar un crédito hipotecario complementario de hasta 500 unidades de fomento para el financiamiento de la respectiva operación de compraventa, a un Banco, Sociedad Financiera, Agencia Administradora de Mutuos Hipotecarios Endosables, Cooperativa de Ahorro y Crédito sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras o a una Caja de Compensación de Asignación Familiar sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social. A estos créditos se aplicará ...".