MODIFICA DECRETO N° 12, DE 1988

    Santiago, 30 de Agosto de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 104.- Visto: El DS No. 12, (V. y U.), de 1988, publicado en el Diario Oficial de 25 de Febrero de 1988, modificado por decretos supremos No. 119, de 1988 y No. 20, de 1989, ambos de Vivienda y Urbanismo; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley 16.391; y las facultades que me otorga el número 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,

    Decreto:

    Artículo único.- Modifícase el DS No. 12, (V. y U.), de 1988, en el sentido de reemplazar en el inciso primero de su artículo único la expresión "18 meses", por la locución "24 meses".
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Gustavo C. Montero Saavedra, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.