Otorga un bono extraordinario para los sectores de menores ingresos e introduce modificaciones a la Ley N° 20.259 y otros cuerpos legales.

El bono es para los beneficiarios de asignación familiar y asignación maternal, que tengan un ingreso mensual igual o inferior a $ 441.274 y asciende a un monto de $ 40.000 por cada causante que el beneficiario que haya tenido acreditado al 30 de abril de 2009. También tienen derecho a este bono las familias registradas en el Sistema de Protección Social “Chile Solidario”, cada familia tendrá derecho a un bono.

No constituye remuneración, ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no es imponible ni tributable y no está afecto a descuento alguno.

Por otra parte, esta ley extiende por un año los beneficios de la ley N° 19.764, que permite a los transportistas de carga, independiente de su tamaño, recuperar el 80% del Impuesto Específico al Petróleo Diesel (IEPD).

Establece también, un mecanismo escalonado de rebaja del impuesto del impuesto específico a los combustibles que rige entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 y que beneficia con una mayor rebaja a los pequeños transportistas de carga.


    Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 20.259, que establece rebaja transitoria del impuesto a las gasolinas automotrices y modifica otros cuerpos legales:
    1) Reemplázase el numeral (iii) por el siguiente:
    "(iii) El componente variable será de 1,5 (una coma cinco) UTM/m3 cuando el valor de cotización en los mercados internacionales del petróleo WTI no haya superado, en promedio, durante los doce meses anteriores, los 80 (ochenta) dólares de los Estados Unidos de América por barril.".
    2) Elimínanse los numerales (iv) a (vi).