Modifica la Ley N° 19.162, estableciendo un Sistema de Trazabilidad del Ganado y Carne.

Esta ley otorga sustento legal al Programa de Trazabilidad de ganado y carne que desde 2004 desarrolla el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

La trazabilidad es la capacidad de mantener identificados los animales o sus productos con el fin de realizar investigaciones epidemiológicas en beneficio de los consumidores.

Esta normativa establece que el SAG definirá las normas de un Sistema de Trazabilidad del ganado y carne. Estas normas deberán, a lo menos, contemplar los siguientes elementos:


LEY NÚM. 20.358

MODIFICA LEY N° 19.162, ESTABLECIENDO SISTEMA DE TRAZABILIDAD DEL GANADO Y CARNE

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de los Diputados señores Mario Bertolino Rendic y Pablo Galilea Carrillo; y de los entonces Diputados señores Pedro Álvarez-Salamanca Büchi; Mario Acuña Cisternas; Exequiel Silva Ortiz, y Leopoldo Sánchez Grunert.

    Proyecto de ley:


    "Artículo único.- Modifícase la ley N° 19.162, de la siguiente forma:

    A) Intercálase un artículo 1° bis, del siguiente tenor:

    "Artículo 1° bis.- El Servicio Agrícola y Ganadero establecerá las normas de un Sistema de Trazabilidad del ganado y carne, las que deberán, a lo menos, contemplar los siguientes elementos: registro de establecimientos pecuarios, declaración de existencias de animales, identificación animal oficial, registro de movimientos de animales y base de datos oficial.".

    B) En el artículo 4°:

    - Sustitúyese la frase "la aplicación del sistema de" por "tanto la aplicación de la trazabilidad del ganado y carne como la".

    - Reemplázase la frase "fiscalizar el cumplimiento" por "asimismo, fiscalizará el cumplimiento".

    C) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 8°, la preposición "sobre", la segunda vez que figura, por la frase "trazabilidad del ganado y carne o".".


    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 16 de junio de 2009.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Marigen Hornkohl Venegas, Ministra de Agricultura.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Reinaldo Ruiz V., Subsecretario de Agricultura.