Artículo 153º.- La operación de carga de vehículos con CL de Clase I o a vehículos que puedan haber contenido dicha Clase de CL o a envases metálicos en estas instalaciones, se deberá efectuar con sistemas de protección contra la corriente estática. La protección deberá consistir en un contacto eléctrico entre el llenador y una grampa que se conectará con el tanque antes de llenar y no se retirará hasta haber finalizado el proceso de carga al vehículo.