Artículo 260º.- Las mangueras de las unidades de suministro deberán ser eléctricamente conductoras y conectadas a tierra; alternativamente se podrá utilizar una conexión eléctrica entre la pistola de la unidad de suministro y tierra.
    Se deberá instalar un dispositivo de corte de emergencia (breakaway) diseñado para retener líquido a ambos lados del punto de corte sobre cada manguera que suministra CL a vehículos y naves. Tal aparato o dispositivo deberá ser instalado y mantenido de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
    La longitud de las mangueras de las unidades de suministro en instalaciones de abastecimiento de CL a vehículos no deberá ser mayor que 5,5 m.