DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS NORMAS TÉCNICAS QUE INDICA

    Santiago, 6 de julio de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 555 exento.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por Carta Nº3000-0321-08, de 17 de julio de 2008; el oficio Ord. Nº0973, de 21 de agosto de 2008, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU; el Ord. Nº4.093, de 22 de agosto de 2008, de la Jefe del Departamento de Comercio Exterior del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Ord. Nº308, de 15 de junio de 2009, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU; el oficio Nº012691, de 20 de marzo de 2008, de la Contraloría General de la República, por el cual señaló que estos decretos no están afectos al trámite de toma de razón; el artículo 13º, letra c), del DL Nº1.305, de 1975; y el artículo 3º, incisos quinto y sexto del DFL Nº458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    Decreto:

    1º.- Decláranse Normas Oficiales de la República de Chile, las normas técnicas que se indican a continuación:

NCh 186/1.Of 2008    Fibrocemento - Planchas - Parte 1: Planchas planas - Requisitos.

NCh 2823.Of 2008    Construcción - Fibrocemento - Terminología.

NCh 3028/2.Of 2008  Madera estructural - Determinación de propiedades físicas y mecánicas de la madera clasificada por su resistencia - Parte 2: Muestreo y evaluación de los valores característicos de piezas en tamaño estructural.

    2º.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. Las normas en él identificadas tendrán vigencia a partir de la fecha de publicación. El texto íntegro de las normas será publicado en documento oficial del Instituto Nacional de Normalización.
    3º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que la declara norma oficial de la República y a la Biblioteca Nacional.
   


NOTA
      El numeral 3 del Decreto N° 63 Exento, Vivienda, publicado el 11.08.2025, modifica la presente norma, en el sentido de dejar sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile la  NCh186/1:2008 Fibrocemento - Planchas - Parte 1: Planchas planas - Requisitos, una vez cumplido el plazo de seis meses consignado en el resuelvo N° 2 del citado decreto, esto es, a partir del 12.02.2026.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.