EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 3.129 EXENTA, DE 19.06.2009, QUE ASIGNA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA QUE INDICA
En el concurso público correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2007, se ha asignado a Redes y Comunicación Limitada, RUT Nº 77.379.040-K, una concesión de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, para la Comuna de Buin, Región Metropolitana, con las características técnicas siguientes: Potencia máxima de 1 W.; frecuencia 107,9 MHz; estudio, planta transmisora y sistema radiante ubicados en Santa María Nº 258, oficina Nº 1, 2º piso, Comuna de Buin, Región Metropolitana, coordenadas geográficas 33°43'44" latitud sur y 70°44'06" longitud oeste (Datum PSAD-56); sistema radiante direccional con polarización vertical, una (1) antena Yagi de tres elementos, ganancia máxima de 4,76 dBd y altura del centro de radiación de 6 m.; pérdidas en cables, conectores y otras de 22,6 dB (incluye atenuador de 20 dB); pérdidas por lóbulo de acuerdo a la siguiente tabla:
Radial 0° 20° 40° 60° 80° 100° 120° 140° 160°
Pérdida
por
lóbulo
(dB) 14,80 14,42 14,47 14,86 15,13 14,29 11,77 7,72 3,97
Radial 180° 200° 220° 240° 260° 280° 300° 320° 340°
Pérdida
por
lóbulo
(dB) 1,48 0,21 0,096 1,14 3,35 6,86 10,99 13,94 15,14
Sin perjuicio de la potencia máxima de 1 W. autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en la letra a) del artículo 3º de la ley Nº 18.168, en particular en lo referido a que la zona de cobertura de este servicio de radiodifusión sonora no debe sobrepasar los límites territoriales de la respectiva comuna, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima del transmisor de 1 W., atendidas la actual ubicación de las instalaciones contenida en su proyecto técnico y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante autorizadas en la resolución.
Los plazos son: inicio de obras, 10 días; término de obras, 30 días; inicio de servicio, 50 días, computados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13ºA y 13ºB de la ley Nº 18.168, a objeto de que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta que se extracta, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-
Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones, Jefe Departamento Radiodifusión.