1.- Rectifícase en el párrafo tercero y cuarto de la resolución exenta Nº2.920, de 8 de junio de 2009, en el siguiente sentido:
    Sustitúyese la expresión "1 de junio" por "1 de julio".

    2.- Publíquese en la página web del Instituto www.ispch.cl el texto definitivo de la resolución 2.920, con la modificación dispuesta en el numeral anterior.